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EXTENSIÓN DE PLAZO DE VIGENCIA DE LA NORMA DE REFORMA A LA NORMA SOBRE APORTES DE INSTITUCIONES FINANCIERAS INTERMEDIARIAS DE MICROFINANZAS
RESOLUCIÓN N°. CD-CONAMl-006-01MAY26-2022
Del 26 de mayo de 2022
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 118 del 28 de junio de 2022
CONSEJO DIRECTIVO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE MICROFINANZAS. MANAGUA, VEINTISÉIS DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDÓS. LAS ONCE DE LA MAÑANA.
EXTENSIÓN DE PLAZO DE VIGENCIA DE LA NORMA DE REFORMA A LA NORMA SOBRE APORTES DE INSTITUCIONES FINANCIERAS INTERMEDIARIAS DE MICROFINANZAS.
RESOLUCIÓN CD-CONAMl-006-01MAY26-2022
Del 26 de mayo de 2022
El CONSEJO DIRECTIVO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE MICROFINANZAS
CONSIDERANDO:
I
Que la Comisión Nacional de Microfinanzas tiene como objeto, finalidades y alcance, el obligatorio cumplimiento de la Ley No. 769 "Ley de Fomento y Regulación de las Microfinanzas", por parte de las Instituciones Financieras Intermediarias de Microfinanzas (IFIM).
II
Que la Comisión Nacional de Microfinanzas, para llevar a cabo el proceso de inscripción, supervisión, inspección, vigilancia y fiscalización sobre las Instituciones Financieras Intermediarias de Microfinanzas (IFIM), que se registren en el Registro Nacional de IFIM, así como para llevar a cabo actividades de fomento y desarrollo de la industria de microfinanzas, requiere contar con los recursos económicos necesarios.
III
Que en el artículo 2 de la Resolución CD-CONAMI-019-02DIC14-2021, "Extensión de Plazo de Vigencia de la Norma de Reforma a la Norma sobre Aportes de Instituciones Financieras Intermediarias de Microfinanzas", aprobada en fecha 14 de diciembre 2021, este Consejo Directivo dispuso que, la proporción del aporte establecido en el artículo 1 de la norma en referencia, tendría vigencia del 01 de enero de 2022, hasta el 30 de junio del año 2022, y que ésta proporción sería revisada y analizada en el mes de mayo del año 2022. En consecuencia, conforme a lo antes expuesto el Consejo Directivo en la sesión ordinaria número 06-2022, del 26 de mayo del 2022, procedió a la revisión de la proporción del aporte vigente al 30 de junio de 2022, considerando mantener la proporción de aporte para otro periodo adicional.
IV
Que como resultado de lo expuesto en el considerando anterior, se hace necesario extender por cuarta vez la vigencia del plazo establecido en el artículo dos (02) de la RESOLUCIÓN CD-CONAMI-004- 03FEB12-2019 de fecha 12 de febrero de 2019, NORMA DE REFORMA A LA NORMA SOBRE APORTES DE INSTITUCIONES FINANCIERAS INTERMEDIARIAS DE MICROFINANZAS.
POR TANTO
Conforme con lo considerado y con base en la facultad que le otorga el artículo 8 y artículo 12, numeral 15 de la Ley No. 769, Ley de Fomento y Regulación de las Microfinanzas, el Consejo Directivo en uso de sus facultades,
RESUELVE
Dictar la siguiente:
EXTENSIÓN DE PLAZO DE VIGENCIA DE LA NORMA DE REFORMA A LA NORMA SOBRE APORTES DE INSTITUCIONES FINANCIERAS INTERMEDIARIAS DE MICROFINANZAS.
RESOLUCIÓN CD-CONAMI-006-01MAY26-2022
Del 26 de mayo de 2022
Artículo 1.- Reforma
Refórmese el artículo 2 de la Resolución CD-CONAMI-004-03FEB12-2019, "Norma de Reforma a la Norma sobre Aportes de Instituciones Financieras Intermediarias de Microfinanzas", el que se leerá de la siguiente manera:
Artículo 2.- Vigencia y Transitoriedad
La proporción del aporte establecido en el artículo 1. Reforma, de la presente Norma tendrá vigencia a partir del 01 de julio de 2022, hasta el 31 de diciembre del año 2022, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
La proporción del aporte establecido en la presente Norma, será revisado y analizado por el Consejo Directivo en el mes de septiembre del año 2022.
Artículo 2.- Vigencia
La presente norma entrará en vigencia a partir de su notificación, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Artículo 3.- Publicación
Publíquese la presente Norma en La Gaceta, Diario Oficial.
(f) Álvaro José Contreras, Secretario – Consejo Directivo.