Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA FUNDACION PARA EL DESARROLLO INTEGRAL HUMANO - TAMARINDO DE ORO (FUNDIH)

DECRETO A.N. N°. 3884, aprobado el 27 de abril de 2004

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 146 del 28 de julio de 2004

DECRETO A.N. No. 3884

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades:

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO

Arto. 1 Otórgase Personalidad Jurídica a la FUNDACION PARA EL DESARROLLO INTEGRAL HUMANO - TAMARINDO DE ORO (FUNDIH), sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Sébaco, Departamento de Matagalpa.

Arto. 2 La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Arto. 3 La FUNDACION PARA EL DESARROLLO INTEGRAL HUMANO - TAMARINDO DE ORO (FUNDIH), estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintisiete días del mes de abril del año dos mil cuatro. CARLOS NOGUERA PASTORA, Presidente de la Asamblea Nacional. MIGUEL LOPEZ BALDIZON, Secretario de la Asamblea Nacional.

Por tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, dos de junio del año dos mil cuatro. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, Presidente de la República de Nicaragua.
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