Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Resoluciones
Abrir Gaceta
-

Enlace a Legislación Relacionada

(RECONOCER Y APROBAR COMO PARQUE ECOLÓGICO MUNICIPAL "CERRO EL AGUARÁN'', UBICADO EN LAS COMUNIDADES EL ARENAL, SAN PEDRO DE SUSUCAYÁN, SABANA GRANDE, LOS MANGUITOS, LAS PLAYITAS, LOS POTREROS, VILLANUEVA, VALLE MUYUCA, EL COYOL Y EL NATOSO, MUNICIPIO EL JÍCARO, DEPARTAMENTO DE NUEVA SEGOVIA)

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N°. 77-2020, aprobada el 13 de agosto de 2020

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 111 del 17 de junio de 2021

GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA MINISTERIO DEL AMBIENTE Y DE LOS RECURSOS NATURALES
(MARENA)

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N°. 77-2020

La Ministra del Ambiente y de los Recursos Naturales en uso de las facultades que le otorga la Ley No. 290 Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo.

CONSIDERANDO

I

Que es deber del Estado y particularmente del Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales (MARENA), apoyar e integrar a los ciudadanos y pobladores en la gestión ambiental, a fin de proteger y conservar los Recursos Naturales existentes en el territorio nacional.

II

El Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales (MARENA), de acuerdo a lo establecido en el artículo 24 del Decreto No. 01-2007, Reglamento de Áreas Protegidas de Nicaragua, a través de las Delegaciones Territoriales podrá apoyar técnicamente a los Gobiernos Municipales que soliciten dicho apoyo en los procesos de declaración, protección, gestión y desarrollo de los Parques Ecológicos Municipales.

III

Que se ha cumplido con los criterios y procedimientos administrativos aprobados por el MARENA para el reconocimiento de los Parques Ecológicos Municipales, según consta en el expediente que para tales efectos se lleva y administra en la Dirección General de Patrimonio Natural y Biodiversidad, particularmente la Dirección Especifica de Biodiversidad, del Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales (MARENA), todo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Manual de Criterios Técnicos para Declarar Parques Ecológicos Municipales.

IV

Que la alcaldía municipal del poder ciudadano en el municipio El Jícaro, departamento de Nueva Segovia, certifica y declara Parque Ecológico Municipal Cerro El Aguarán, ubicado en las comunidades: El Arenal, San Pedro de Susucayán, Sabana Grande, Los Manguitos, Las Playitas, Los Potreros, Villanueva, Valle Muyuca, El Coyol y El Natoso; con una extensión de 3,642.28 hectáreas las cuales serán dedicadas a la conservación de la biodiversidad y los recursos naturales de nuestra Madre Tierra, siendo éste un sitio de gran importancia ecológica ya que brinda servicios medioambientales,
ecosistémicos y recreativos.

V

Que el sitio denominado Cerro El Aguarán, constituye un área de gran valor ecosistémico para el departamento de Nueva Segovia, en vista que la principal fuente hídrica que pasa por el sitio El Aguarán es el río Jícaro y parte del río Susucayán alimentados por las siguientes microcuencas: El Arenal, El Tular, Vaca Muerta, Talquezate, La Playa, San José, Muyuca, Sabana Grande, Los Surcos y La Tejera. Además, Contribuye a la protección de los recursos hídricos y a la biodiversidad y restauración de áreas para la conectividad de corredores biológicos.

POR TANTO

En uso de las facultades que le confiere el artículo 60 de la Constitución Política de Nicaragua, el artículo 28 de la Ley No. 290, Ley de Organización, competencia y procedimiento del poder ejecutivo, artículo 17 de la Ley No. 217, Ley General del medio ambiente y los Recursos Naturales y artículo 24 del Decreto 01-2007, Reglamento áreas protegidas de Nicaragua.


RESUELVE:

PRIMERO: Reconocer y aprobar como Parque Ecológico Municipal "Cerro El Aguarán'', declarado por la Alcaldía Municipal de El Jícaro; bajo Acta Nº. 33 del día 30 de junio del año dos mil veinte, el cual cuenta con una extensión 3,642.28 hectáreas dedicadas a la conservación de la diversidad biológica, ubicado en las comunidades El Arenal, San Pedro de Susucayán, Sabana Grande, Los Manguitos, Las Playitas, Los Potreros, Villanueva, Valle Muyuca, El Coyol y El Natoso, municipio El Jícaro, departamento de Nueva Segovia; por ser un sitio de importancia ecológica, gran valor por sus recursos hídricos y servicios medioambientales, ecosistémicos paisajísticos.

SEGUNDO: El Parque Ecológico Municipal Cerro El Aguarán se encuentran ubicado en las siguientes coordenadas geográficas:


ID
X
Y
1
592304.00
1517229.13
2
591783.29
1516361.46
3
590024.00
1516666.13
4
588092.00
1513925.13
5
587705.00
1512073.13
6
584902.00
1513072.13
7
585796
1513926.13
8
583867.00
1518245.13
9
589115.70
1521444.13
10
589117.00
1519683.13


TERCERO: La presente Resolución Ministerial entrará en vigencia a partir de publicación en la Gaceta Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, a los trece días del mes de agosto dos mil veinte. (f) Cra. Fanny Sumaya Castillo Lara. Ministra. Ministerio del Ambiente y los Recursos Naturales. MARENA.
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Benjamín Zeledón, 7mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 281.
Enviar sus comentarios a: División de Información Legislativa



Nota: Cualquier diferencia existente entre el Texto de la Ley impreso y el publicado aquí, solicitamos sea comunicado a la División de Información Legislativa de la Asamblea Nacional de Nicaragua.