AUTORIZASE A PODER EJECUTIVO PARA EFECTUAR TRANSFERENCIA DE PARTIDA A MINISTERIO DE E. P.
DECRETO LEGISLATIVO N°. 514, aprobado el 07 de julio de 1976
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 194 del 26 de agosto de 1976
AUTORIZASE A PODER EJECUTIVO PARA EFECTUAR TRANSFERENCIA DE PARTIDA A MINISTERIO DE E. P.
"EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
a sus habitantes,
Sabed:
Que el Congreso Nacional ha ordenado lo siguiente:
Decreto No. 514
La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua,
Decretan:
Arto. 1º —De conformidad con las disposiciones del Arto, 24 de las Regulaciones Presupuestarias vigentes, autorizase al Poder Ejecutivo para efectuar en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, transferencia de partida del Servicio de la Deuda Pública, al Ministerio de Educación Pública, que se detalla así: DE: SERVICIO DE LA DEUDA PUBLICA. Programa 01-0-00 Deuda Pública DEUDA PUBLICA EXTERNA 18012004961150923 pago de varias Comisiones: 17 Comisiones y Otros Gastos C$1.640,967.86 A: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA, Programa 06-13-0-00-21-21 Transferencia de Capital 06130002121410813 a Universidades: Aporte UCA: Pago de amortización e intereses del Préstamo concedido por el BCIE No. 245 (Decreto 1740 у Gaceta 273 de 30-11-70) C$1.640,967.86 01 Amortización.
Arto. 2° —Esta Ley entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en “La Gaceta”, Diario Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. — Managua, D. N., treinta de Junio de mil novecientos setenta y seis. — (f) Cornelio H. Hüeck, Presidente. — (f) Antonio Coronado Torres. Secretario. — (f) Fernando Zelaya Rojas, Secretario
Al Poder Ejecutivo. — Cámara del Senado. — Managua, D. N., 7 de Julio de 1976. — (f) Pablo Rener, Presidente. — (f) Constantino Mendieta R., — (f) Secretario. Miguel Gómez Argüello, Secretario.
Por Tanto: Ejecútese. — Dado en Casa Presidencial, Managua, D. N., a los trece días del mes de Julio de mil novecientos setenta y seis. — (f) A. SOMOZA, Presidente de la República. — (f) Gustavo Montiel, Ministro de Hacienda y C. P.”
Observación: El Decreto Legislativo Nº. 514, Autorízase a Poder Ejecutivo para Efectuar Transferencia de Partida a Ministerio de E. P., se encuentra incorporado en el Anexo III, Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Sistema de Administración Financiera.