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(RECONOCER Y APROBAR COMO PARQUE ECOLÓGICO MUNICIPAL LA LAGUNA, UBICADO EN LA COMARCA CALLE ENMEDIO, MUNICIPIO DE POTOSÍ, DEPARTAMENTO DE RIVAS)
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N°. 79-2020, aprobada el 20 de agosto de 2020
Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 111 del 17 de junio de 2021
GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
MINISTERIO DEL AMBIENTE Y DE LOS RECURSOS NATURALES
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N°. 79-2020
La Ministra del Ambiente y de los Recursos Naturales en uso de las facultades que le otorga la Ley No. 290 Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo.
CONSIDERANDO
I
Que es deber del Estado y particularmente del Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales (MARENA), apoyar e integrar a los ciudadanos y pobladores en la gestión ambiental, a fin de proteger y conservar los Recursos Naturales existentes en el territorio nacional.
II
El Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales (MARENA), de acuerdo a lo establecido en el artículo 24 del Decreto No. 01-2007, Reglamento de Áreas Protegidas de Nicaragua, a través de las Delegaciones Territoriales podrá apoyar técnicamente a los Gobiernos Municipales que soliciten dicho apoyo, en los procesos de declaración, protección, gestión y desarrollo de los Parques Ecológicos Municipales.
III
Que se ha cumplido con los criterios y procedimientos administrativos aprobados por el MARENA para el reconocimiento de los Parques Ecológicos Municipales, según consta en el expediente que para tales efectos se lleva y administra en la Dirección General de Patrimonio Natural y Biodiversidad, particularmente la Dirección Especifica de Biodiversidad, del Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales (MARENA). Todo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Manual de Criterios Técnicos para Declarar Parques Ecológicos Municipales.
IV
Que la Alcaldía Municipal del Poder Ciudadano en el Municipio de Potosí, Departamento de Rivas; certifica y declara Parque Ecológico Municipal La Laguna, ubicado de los pozos de ENACAL de la calle enmedio setecientos metros al este, en la comarca Calle Enmedio, Municipio de Potosí, Departamento de Rivas, declarado en Sesión Ordinaria, realizada el día 12 de junio del año dos mil veinte, mediante Acta número 31, según Libro de Actas del Concejo Municipal de Potosí. Acta debidamente Certificada por el Secretario del Concejo Municipal de Potosí, departamento de Rivas, el día diecisiete de junio del año dos mil veinte.
V
Que el sitio denominado Parque Ecológico Municipal La Laguna, constituye un área superficial de 1.10 ha, el cual es de gran valor ecosistémico, representa una alternativa de recreación para el Municipio de Potosí; genera bienes ambientales para la población, cuenta con mucha vegetación tanto acuática como terrestre, en tiempo de invierno el sitio se convierte en un estanque natural, brindando las condiciones para la anidación de aves, reptiles y otras especies, y por encontrarse cerca del gran Lago Cocibolca, contribuye a la conectividad con el área protegida Reserva de Biósfera Isla de Ometepe, beneficiando a las especies de fauna y los ecosistemas que existen en esta área.
POR TANTO
En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política de Nicaragua, el artículo 28 de la Ley No. 290, Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo, artículo 17 de la Ley No. 217, Ley General del Medio Ambiente y los Recursos Naturales y artículo 24 del Decreto No. 01-2007, Reglamento Áreas Protegidas.
RESUELVE:
PRIMERO: Reconocer y aprobar como Parque Ecológico Municipal La Laguna, el cual cuenta con una extensión 1.10 hectáreas, ubicado de los pozos de ENACAL de la calle en medio setecientos metros al este, en la comarca Calle Enmedio, municipio de Potosí, departamento de Rivas, por ser un sitio de importancia ecológica, sitio recreacional y servicios medioambientales y ecosistémicos, declarado en Sesión Ordinaria, realizada el día 12 de junio del año dos mil veinte, mediante Acta número 31, según Libro de Actas del Concejo Municipal de Potosí. Acta debidamente Certificada por el Secretario del Concejo Municipal de Potosí, departamento de Rivas, el día diecisiete de junio del año dos mil veinte.
SEGUNDO: El Parque Ecológico Municipal La Laguna se encuentra ubicado en las siguientes coordenadas geográficas:
TERCERO: La presente Resolución Ministerial entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los 20 días del mes agosto del dos mil veinte. (f) Cra. Fanny Sumaya Castillo Lara. Ministra. Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales.