Sin Vigencia
CANJE DE CERTIFICADOS DE DEPÓSITO ESPECIAL HASTA POR C$20,000.00
DECRETO EJECUTIVO N°. 246, aprobado el 19 de enero de 1980
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 16 del 19 de enero de 1980
LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades,
DECRETA:
Arto. 1°. – Se autoriza entregar especies monetarias de curso legal a los tenedores de Certificados de Depósito Especial que amparen entrega de dinero desmonetizado hasta por la suma de Veinte Mil Córdobas (C$ 20,000.00), inclusive y que hubieren sido objeto de resolución favorable por el Comité Especial a que se refiere el Arto. 7°. de la Ley de Defensa de la Moneda Nacional, del 24 de agosto de 1979, y publicada en “La Gaceta”, Diario Oficial N° 12 del 18 de septiembre de 1979.
Arto. 2°. – La entrega será en las mismas oficinas Bancarias donde fueron depositados a partir del día lunes 21 de enero de 1980.
Arto. 3°. – El presente Decreto entrará en vigencia desde su publicación en “La Gaceta”, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los diecinueve días del mes de enero de mil novecientos ochenta. – “Año de la Alfabetización”.
JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL. - Violeta B. de Chamorro. – Sergio Ramírez Mercado. – Alfonso Robelo Callejas. – Moisés Hassan Morales. – Daniel Ortega Saavedra.