Normas Jurídicas de Nicaragua
Enlace al Reglamento:
Materia: Seguridad y Defensa Nacional
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
Abrir Gaceta
-

Enlace a Legislación Relacionada
Sin Vigencia

SE AUTORIZA LA SALIDA DEL TERRITORIO NACIONAL-Y PERMANENCIA EN LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR, DE UN CONTINGENTE COMPUESTO DE 35 EFECTIVOS MILITARES REPRESENTATIVOS DE LA UNIDAD HUMANITARIA Y DE RESCATE '‘COMANDANTE WILLIAM JOAQUÍN RAMÍREZ SOLÓRZANO" DEL EJÉRCITO DE NICARAGUA

DECRETO EJECUTIVO N°. 49-2011, aprobado el 27 de septiembre de 2011

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 189 del 07 de octubre de 2011

DECRETO N°. 49-2011

El Presidente de la República
Comandante Daniel Ortega Saavedra

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO

Artículo 1. Al tenor de lo dispuesto en los artículos 92, párrafo tercero y el 138, numeral 26 de nuestra Constitución Política, se autoriza la salida del territorio nacional y permanencia en la República de El Salvador, de un contingente compuesto de 35 efectivos militares representativos de la Unidad Humanitaria y de Rescate “Comandante William Joaquín Ramírez Solórzano” del Ejército de Nicaragua, en el período comprendido del 15 al 30 de noviembre del año 2011, con una aeronave del tipo Antonov-26, medios y aperos, con la finalidad de participar en la ceremonia de traspaso de mando de la Presidencia del Consejo Superior y de la Secretaría General Pro-Témpore de la Conferencia de las Fuerzas Armadas Centroamericanas.

Artículo 2. Enviar el presente Decreto a la Asamblea Nacional para su debida ratificación.

Artículo 3. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día veintisiete de Septiembre del año dos mil once. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Paul Oquist Kelley, Secretario Privado para Políticas Nacionales.
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Benjamín Zeledón, 7mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 281.
Enviar sus comentarios a: División de Información Legislativa



Nota: Cualquier diferencia existente entre el Texto de la Ley impreso y el publicado aquí, solicitamos sea comunicado a la División de Información Legislativa de la Asamblea Nacional de Nicaragua.