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Sin Vigencia
(OTORGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO AGROPECUARIO DE PEQUEÑOS PRODUCTORES Y COMERCIANTES JUAN XXIII)
DECRETO A.N. N°. 2656, aprobado el 05 de septiembre de 2000
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 200 del 23 de octubre de 2000
Decreto A.N. N°. 2656
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
Hace saber al pueblo de nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades:
HA DICTADO
El siguiente
DECRETO
Arto. 1. Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN DE DESARROLLO AGROPECUARIO DE PEQUEÑOS PRODUCTORES Y COMERCIANTES JUAN XXIII, sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio del Municipio de Mozonte, Departamento de Nueva Segovia.
Arto. 2. La representación legal de esta asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Arto. 3. La Asociación de Desarrollo Agropecuario de Pequeños Productores y Comerciantes Juan XXIII, está obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4. El presente Decreto entrara en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los cinco días del mes de Septiembre del dos mil. – IVÁN ESCOBAR FORNOS, Presidente de la Asamblea Nacional. – PEDRO JOAQUÍN RÍOS CASTELLÓN, Secretario de la Asamblea Nacional.
Por tanto, publíquese y ejecútese. Managua diecisiete de Octubre del año dos mil ARNOLDO ALEMÁN LACAYO, Presidente de la República de Nicaragua.