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Categoría normativa: Decretos Legislativos
Materia: Sistema de Administración Financiera

Sin Vigencia

SE AUMENTA EL PRESUPUESTO GENERAL DE INGRESOS Y EGRESOS DEL AÑO 1939

DECRETO LEGISLATIVO N°. 49, aprobado el 12 de diciembre de 1939

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 278 del 20 de diciembre de 1939

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

A sus habitantes,

SABED:

Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:

DECRETO No. 49

LA CÁMARA DE DIPUTADOS Y LA DEL SENADO DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA,

DECRETAN:

Art. 1°- Auméntase el Capítulo I del Título VII del Presupuesto General de Ingresos y Egresos vigente en Cuatrocientos mil Córdobas (C$ 400.000.00) que se distribuirán así:

Para gastos relacionados con el levantamiento del censo..............C$ 250.000.00
Para aguinaldo de empleados públicos.............................................C$ 50.000.00
Para servicio general de la Administración Pública.........................C$ 100.000.00
Total C$ 400.000.00

Art. 2°- Auméntase el Capítulo XXVI del Título IX del Presupuesto General de Ingresos y Egresos vigente en Cien Mil Córdobas (C$100.000.00) destinados a atender los trabajos de construcción del Palacio Nacional.

Art. 3°- Los Quinientos Mil Córdobas (C$ 500.000.00) a que ascienden los aumentos de los capítulos indicados en los artículos anteriores, se tomarán del equivalente de US$ 100.000.00 que el Gobierno venderá al Departamento de Emisión para reforzar el Fondo de Cambio , conforme la disposición legislativa de 30 de Julio de 1938.

Art. 4°- Esta Ley empezará a regir desde su publicación en <<La Gaceta>>.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados.- Managua, D.N., 12 de Diciembre de 1939. A. Montenegro, D.P.- C. Flores Vega, D.S.- Henry Pallais B. D.S

Al Poder Ejecutivo.- Cámara del Senado.- Managua, D.N.-12 de Diciembre de 1939. Onofre Sandoval S.P.- Luis Salazar. S.S.- Alejandro Astacio, S.S.-

Por tanto:- Ejecútese.- Casa Presidencial.- Managua, D.N.- 14 Diciembre de 1939. A. SOMOZA. El Ministro de Hacienda y Crédito Público. J. J. SANCHEZ R.

Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.
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