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(RECONOCER Y APROBAR COMO PARQUE ECOLÓGICO MUNICIPAL EL CHARCO DE LA CULEBRA, UBICADO EN EL BARRIO JUAN JOSÉ QUEZADA, MUNICIPIO DE NANDAIME, DEPARTAMENTO DE GRANADA)
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N°. 233-2021, aprobada el 14 de octubre de 2021
Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 30 del 16 de febrero de 2022
GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
MINISTERIO DEL AMBIENTE Y DE LOS RECURSOS NATURALES
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N°. 233-2021
La Ministra del Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales en uso de las facultades que le otorga la Ley No. 290 Ley de Organización, Competencia y Procedimiento del Poder Ejecutivo.
CONSIDERANDO
I
Que es deber del Estado y particularmente del Ministerio del Ambiente y los Recursos Naturales (MARENA), apoyar e integrar a los ciudadanos y pobladores en la gestión ambiental, a fin de proteger y conservar los Recursos Naturales existentes en el territorio nacional.
II
El Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales (MARENA), de acuerdo a lo establecido en el artículo 24 del Decreto No. 01-2007, Reglamento de Áreas Protegidas de Nicaragua. A través de las delegaciones territoriales podrá apoyar técnicamente a los gobiernos municipales que soliciten dicho apoyo, en los procesos de declaración, protección, gestión y desarrollo de los parques ecológicos municipales.
Ill
Que se ha cumplido con los criterios y procedimientos administrativos aprobados por el Marena para el reconocimiento de los Parques Ecológicos Municipales, según consta en el expediente que para tales efectos se lleva y administra en la Dirección General de Patrimonio Natural y Biodiversidad, particularmente la Dirección Específica de Biodiversidad, del Ministerio del Ambiente y los Recursos Naturales (MARENA). Todo de conformidad a las disposiciones establecidas en el manual de criterios técnicos para declarar Parques ecológicos municipales.
IV
Que la Alcaldía municipal del poder ciudadano en el municipio de Nandaime, Departamento de Carazo, certifican y declaran parque ecológico municipal El Charco de la Culebra, ubicado en el barrio Juan José Quezada, municipio de Nandaime, departamento de Granada.
V
Que el sitio denominado El Charco de la Culebra, constituye un área de gran valor ecosistémico, para el Municipio de Nandaime; en vista que posee características bióticas necesarias para la continuidad del nicho ecológico, área de importancia ecológica para el manejo y restauración ambiental-natural, corredor biológico y sitio de descanso, alimentación y reproducción de la diversidad biológica transitoria y residente de la zona, ésta área se encuentra en estado de sucesional de generación natural.
POR TANTO
En uso de las facultades que me confiere el artículo 60 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, el artículo 28 de la Ley No. 290, Ley de Organización, Competencia y Procedimiento del poder ejecutivo, artículo 17 de la Ley No. 217, Ley General del medio ambiente y los Recursos Naturales y artículo 24 del Decreto No. 01-2007, Reglamento de Áreas Protegidas.
RESUELVE
Primero: Reconocer y aprobar como parque ecológico municipal El Charco de la Culebra, el cual cuenta con una extensión de 0.33 hectáreas equivalentes a 0.5 manzanas, dedicadas a la conservación de la diversidad biológica y protección de los recursos naturales, ubicado en el barrio Juan José Quezada, municipio de Nandaime, Departamento de Granada.
Segundo: El Parque Ecológico Municipal El Charco de la Culebra, se encuentran ubicada en las siguientes coordenadas geográficas:
-
ID | X | Y |
1 | 602945 | 1299222 |
2 | 603011 | 1299239 |
3 | 603027 | 1299142 |
4 | 602975 | 1299194 |
-
Tercero: La presente Resolución Ministerial entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los 14 días del mes de octubre del dos mil veintiuno. (F) Fanny Sumaya Castillo Lara, Ministra MARENA.