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Sin Vigencia
“OCEANIC EXPLORATION CO. OF C.A.” TRASPASA 25% DE SUS DERECHOS DE EXPLORACIÓN DE PETRÓLEO A “EL PASO NICARAGUA CO.” Y A “SANTA FE MINERALES, (NICARAGUA) INC.”
DECRETO EJECUTIVO N°. 214-DRN, aprobado el 29 de agosto de 1972
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 216 del 23 de septiembre de 1972
"Oceanic Exploration Co. of C.A," Traspasa 25% de sus Derechos de Exploración de Petróleo a "El Paso Nicraagua CO". y a "Santa Fe Minerales (Nicaragua) Inc".
DECRETO N°. 214- DRN
LA JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO
En uso de las facultades que le confieren la Ley General sobre Explotación de las Riquezas Naturales.
Vistos:
Primero: La solicitud de la firma "OCEANIC EXPLORATION COMPANY OF CENTRAL AMERICA", para que autorice el traspaso que hará a cada una de las firmas "EL PASO NICARAGUA COMPANY" Y "SANTA FE MINERALS (NICARAGUA) INC". del veinticinco por ciento (25%) de los derechos y obligaciones que le corresponden en su concesión de exploración de Petróleo que le fue otorgada por Decreto No. 180-DRN del 9 de Diciembre de 1971.
Segundo: La aprobación del Ministerio de Económia, Industria y Comercio, para que se realice el traspaso antes mencionado, la cual fue extendida en Oficios No. 622 y 6219 del 9 de Diciembre de 1971.
Considerando:
Que la solicitud fue presentada de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 99 de la Ley General sobre Explotación de las Riquezas Naturales; que el Ministerio de Economía, Industria y Comercio extendió la aprobación de dicho traspaso según los oficios citados en el Visto Segundo que antecede: Que la firma solicitante realizó el traspaso según instrumento público tenido a la vista.
Por Tanto:
De conformidad con las disposiciones del Capítulo X de la antes citada Ley,
Decreta:
Artículo 1°- Téngase a cada una de las firmas "EL PASO NICARAGUA COMPANY" y "SANTA FE MINERALS (NICARAGUA) INC"., como concesionaria del veinticinco por ciento (25%) cada una de los derechos y obligaciones de la concesión de Exploración de Petróleo que le fue otorgada a la firma "OCEANIC EXPLORATION COMPANY OF CENTRAL AMERICA", por Decreto N°. 180-DRN del 9 de Diciembre de 1971.
Artículo 2°- Cópiese, Notifiquese y Publiquese en su oportunidad en el Diario Oficial "La Gaceta".
Comuníquese: Casa Presidencial, Managua, Distrito Nacional a los veintinueve días del mes de agosto de mil novecientos setenta y dos.- JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO.- (f) A. LOVO CORDERO.- Doy fe: (f) C. H. Hüeck, Secretario.- (f) Juan José Martínez L., Ministro de Económia, Industria y Comercio.