Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA FUNDACIÓN CIVIL PRO-AYUDA A ENFERMOS CRÓNICOS

DECRETO A. N. N°. 511, aprobado el 20 de mayo de 1992

Publicado en La Gaceta Diario Oficial N °. 114 del 16 de junio de 1992

Otórgase Personalidad Jurídica a la Fundación Civil Pro-Ayuda a Enfermos Crónicos.

DECRETO A.N. No. 511

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades,

Ha Dictado

El siguiente

DECRETO

Arto. 1.- Otórgase Personalidad Jurídica a la Fundación Civil Pro-Ayuda a Enfermos Crónicos, sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio de la ciudad de Managua.

Arto. 2.- La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos, que deberán ser aprobados por el Ministerio de Gobernación.

Arto. 3.- La Fundación Pro-Ayuda a Enfermos Crónicos, estará obligada al cumplimiento de la Ley de Concesión de Personalidad Jurídica y demás leyes de la República.

Arto. 4.- El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veinte días del mes de mayo de mil novecientos noventa y dos.- Alfredo César Aguirre. Presidente de la Asamblea Nacional.- Fernando Zelaya Rojas. Secretario de la Asamblea Nacional.

Por Tanto: Publíquese y Ejecútese Managua, nueve de Junio de mil novecientos noventa y dos.- Violeta Barrios de Chamorro. Presidente de la República de Nicaragua.
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