Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
Abrir Gaceta
-

Enlace a Legislación Relacionada
Sin Vigencia

(OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA “FUNDACIÓN DE LUZ Y ESPERANZA EN NICARAGUA” “FLEN”)

DECRETO A.N. N°. 5192, aprobado el 11 de septiembre de 2007

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 192 del 08 de octubre de 2007

DECRETO A. N. No. 5192

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades;

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO

Articulo. 1. Otórgase Personalidad Jurídica a la “FUNDACIÓN DE LUZ Y ESPERANZA EN NICARAGUA” “FLEN”; sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la ciudad de Managua.

Artículo. 2. La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Artículo. 3. La “FUNDACIÓN DE LUZ Y ESPERANZA EN NICARAGUA” “FLEN”; estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Artículo. 4. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los once días del mes de Septiembre de año dos mil siete. ING. RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ, Presidente de la Asamblea Nacional. - DR. WILFREDO NAVARRO MOREIRA, Secretario de la Asamblea Nacional.
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
Complejo Legislativo "Carlos Núñez Téllez"
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Gral. Benjamín Zeledón, 7mo. Piso
Teléfono Directo: 2276-8460. Ext.: 281
Enviar sus comentarios a: Dirección de Información Legislativa