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Sin Vigencia
REINICIO DE EJERCICIO DE FUNCIONES DE LOS TRIBUNALES DE JUSTICIA
DECRETO EJECUTIVO, aprobado el 29 de septiembre de 1910
Publicado en Gaceta Oficial N°. 183 del 20 de noviembre de 1910
El Presidente Provisional de la República,
Por cuanto:
Los tribunales de Justicia del Estado, se encuentran en suspenso, y debiendo el Poder Judicial entrar de nuevo al ejercicio de sus altas funciones,
Decreta:
1°- Desde el 1° de octubre próximo volverán al ejercicio de sus respectivas funciones la Corte Suprema de Justicia y las de Apelaciones de Oriente y Occidente, nombradas por decreto de 16 del mes en curso, lo mismo que los demás funcionarios judiciales nuevamente nombrados.
2°- La Corte de Apelaciones del Litoral Atlántico y los Juzgados de aquellos distritos, se abrirán desde 11 del mismo mes de octubre.
Dado en Managua, á los veintinueve días del mes de septiembre de 1910. - Juan J. Estrada - El Subsecretario de Justicia, J. M. Siero.
Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.