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FE DE ERRATA A LA LEY N°. 428, LEY ORGÁNICA DEL INSTITUTO DE LA VIVIENDA URBANA Y RURAL
FE DE ERRATA
Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 26 del 02 de febrero de 2003
Por un error involuntario de la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua, en la Ley No. 428, Ley Orgánica del Instituto de la Vivienda Urbana y Rural, publicada en La Gaceta No. 109 del día miércoles, 12 de junio de 2002 en el arto. 58 se omitió la palabra Reglamento.
Siendo su lectura correcta:
"Arto.58. La presente Ley reforma el artículo 49 del Reglamento de la Ley de Justicia Tributaria y Comercial y el artículo 14 de la Ley del IGV, para hacer efectiva las exoneraciones a los materiales de construcción".