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Sin Vigencia
(OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACIÓN SIKILTA MAYANGNINA SAUNI KULWI LAIWITAL NA: ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO COMUNAL DE SIKILTA O EL PALOMAR)
DECRETO A.N. N°. 1986, aprobado el 20 de agosto de 1998
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 176 del 21 de septiembre de 1998
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Arto. 1. Otórgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN SIKILTA MAYANGNINA SAUNI KULWI LAIWITAL NA: ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO COMUNAL DE SIKILTA O EL PALOMAR, sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en la Comunidad de Sikilta o El Palomar, Municipio de Siuna, Región Autónoma Atlántico Norte.
Arto. 2. La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma en que sus Estatutos lo determinen.
Arto. 3. La Asociación Sikilta Mayangnina Sauni Kulwi Laiwital Na: Asociación para El Desarrollo Comunal de Sikilta o El Palomar, está obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en cualquier medio de comunicación social escrito, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veinte días del mes de Agosto de mil novecientos noventa y ocho.- IVÁN ESCOBAR FORNOS, Presidente de la Asamblea Nacional.- NOEL PEREIRA MAJANO, Secretario de la Asamblea Nacional.
POR TANTO:
Publíquese y ejecútese. Managua, siete de Septiembre de mil novecientos noventa y ocho.- ARNOLDO ALEMÁN LACAYO, Presidente de la República de Nicaragua.