Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Salud
Categoría normativa: Acuerdo Ejecutivo
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SE ENVÍA UN MÉDICO Á LA COMARCA DE ACOTO

ACUERDO EJECUTIVO, aprobado el 07 de marzo de 1894

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 21 del 21 de marzo de 1894

Se envía un Médico á la Comarca de “Acoto.”

El Presidente de la República, considerando que la viruela está causando estragos en la Comarca de “Acoto”, jurisdicción de este departamento, y que es deber de la Administración pública remediar en cuanto sea posible la suerte de los asociados, máxime si se considera que los habitantes de aquel caserío carecen de las comodidades y auxilios propios de los centros de población,

Acuerda:

1°.- Enviar un Médico á aquella Comarca para que atienda á la curación de los variolosos, el cual estará obligado á servir gratuitamente á los pobres.

2°.- Dicho facultativo se encargará del establecimiento y dirección de un lazareto en el lugar más apropiado de la Comarca.

3°.- También se encargará de la vacunación de los vecinos de “Acoto” y sus inmediaciones, y al efecto, designará un local y las horas hábiles, y apocará las leyes de la materia.

4°.- Para la instalación y sostenimiento del lazareto, están obligados los vecinos de “Acoto” y los dueños de las fincas próximas á contribuir, proporcionalmente á su haber, con dinero, provisiones, útiles ó enseres, según lo determine el Médico de acuerdo con una Junta de vecinos que él mismo organizará. Si los recursos que proporcionan los vecinos, no bastaren á mantener el establecimiento, el Erario pagará el déficit.

5°.- El Médico de que se trata, será costeado por el Gobierno; y en el deseo de que su comisión tenga el mejor éxito, se le inviste de las facultades necesarias para los fines de este acuerdo.

6°.- EL Prefecto, el Gobernador de Policía y demás autoridades del departamento, están obligadas á prestar al Médico todo el apoyo necesario para el desempeño de su cometido.

Comuníquese – Managua, 7 de Marzo de 1894 – Zelaya – El Ministro de Beneficencia y de Policía, por la ley – Matus.

NOTA: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.
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