Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA FUNDACIÓN DE JÓVENES PARA EL DESARROLLO SOCIO-ECONÓMICO, NUEVA GENERACIÓN (FUNDACIÓN NUEVA GENERACIÓN)

DECRETO A. N. N°. 1564, aprobado el 31 de octubre de 1996

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 237 del 13 de diciembre de 1996

OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA FUNDACIÓN DE JÓVENES PARA EL DESARROLLO SOCIO-ECONÓMICO, NUEVA GENERACIÓN (FUNDACIÓN NUEVA GENERACIÓN)

Decreto A.N. No. 1564

El Presidente de la República de Nicaragua

Hace saber el pueblo nicaragüense que:

La Asamblea Nacional de la República de Nicaragua

En uso de sus facultades;

Ha Dictado

El siguiente:

Decreto

Arto. 1.- Otórgase personalidad Jurídica a la Fundación de Jóvenes para el Desarrollo Socio-Económico, Nueva Generación (FUNDACIÓN NUEVA GENERACIÓN), Fundación Civil, sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en la ciudad de Managua.

Arto. 2.- La Representación Legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Arto. 3.- La Asociación de Jóvenes para el Desarrollo Socio-Económico, Nueva Generación (Fundación Nueva Generación), estará obligada al cumplimiento de la ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás leyes de la República.

Arto. 4.- El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en cualquier medio de comunicación social escrito, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los treintiun días del mes de Octubre de mil novecientos noventa y seis.-Cairo Manuel López. -Presidente de la Asamblea Nacional.-Jaime Bonilla. -Secretario de la Asamblea Nacional

Por Tanto: Publíquese y ejecútese. Managua, cuatro de Diciembre de mil novecientos noventa y seis.-Violeta Barrios de Chamorro. -Presidente de la República de Nicaragua
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