Enlace a Legislación Relacionada
Sin Vigencia
OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACIÓN SOCIEDAD AMERICANA DE NICARAGUA
DECRETO A.N. N°. 1070, aprobado el 19 de septiembre de 1995
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 191 del 12 de octubre de 1995
OTORGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACIÓN SOCIEDAD AMERICANA DE NICARAGUA
Decreto A.N. No. 1070
El Presidente de la República de Nicaragua
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
La Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
En uso de sus facultades:
Ha Dictado
El Siguiente:
Decreto
Arto. 1.- Otórguese Personalidad Jurídica a la Asociación Sociedad Americana de Nicaragua, Asociación Civil sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en la Ciudad de Managua.
Arto. 2.- La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Arto.3.- La Asociación Sociedad Americana de Nicaragua, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de Lucro y demás leyes de la República.
Arto. 4.- El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los diecinueve días del mes de Septiembre de mil novecientos noventa y cinco. Luis Humberto Guzmán, Presidente de la Asamblea Nacional Julia Mena Rivera, Secretaria de la Asamblea Nacional.
Por tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, cuatro de Octubre de mil novecientos noventa y cinco. Violeta Barrios de Chamorro, Presidente de la República de Nicaragua.