AUTORÍZASE AL PODER EJECUTIVO PARA EFECTUAR EN EL PRESUPUESTO DE INGRESOS Y EGRESOS VIGENTE, TRANSFERENCIA DE PARTIDA DEL MINISTERIO DE HACIENDA
DECRETO LEGISLATIVO N°. 502, aprobado el 28 de junio de 1960
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 144 del 21 de junio de 1960
Transferencias de Partidas en varios Ramos
El Presidente de la República,
A sus habitantes,
Sabed:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
Decreto No 502
La Cámara de Diputados y la Cámara de Senado de la República de Nicaragua,
Decretan:
Arto.1 — Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar en el Presupuesto de Ingresos y Egresos vigente la siguiente transferencia de Partida del Ministerio de Hacienda:
Arto.2 — La presente Ley entrará en vigor desde la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados, Managua, D.N., 9 Junio de 1960. — (f) J. J. Morales Marenco, D.P. — (f) J. Castillo A., D.S. — (f) A. Martínez, DS.
Al Poder Ejecutivo. — Cámara del Senado, Managua, D.N., 21 de Junio de 1960. — (f) Alejandro Abaunza E., S.P. — (f) Leonardo Somarriba, S.S. — (f) Enrique Belli, S.S.
Por Tanto Ejecútese — Casa Presidencial, Managua., 22 de Junio de 1960. — (f) LUIS A. SOMOZA D., Presidente de la República — (f) Gonzalo Meneses Ocón, Ministro de Hacienda y C. P. por la Ley.
Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.
El Decreto Legislativo Nº. 502, Autorízase al Poder Ejecutivo para Efectuar en el Presupuesto de Ingresos y Egresos Vigente, Transferencia de Partida del Ministerio de Hacienda, se encuentra incorporado en el Anexo III, Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Sistema de Administración Financiera.