Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Cultura
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
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SE DECLARA DUELO NACIONAL LA MUERTE DEL OBISPO MONSEÑOR PEREIRA Y CASTELLÓN

DECRETO EJECUTIVO, aprobado el 29 de enero de 1921

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 24 del 31 de enero de 1921

El Presidente de la República,

Habiendo fallecido el Excelentísimo y Reverendísimo Señor Arzobispo, Obispo de León, Doctor don Simeón Pereira y Castellón, Conde Romano y Asistente al Solio Pontificio, y siendo esa muerte verdadera pérdida para la Patria, porque el Excelentísimo Señor Arzobispo puso siempre al servicio de la Iglesia y la Humanidad sus relevantes virtudes y sus altas dotes de ilustración y talento reconocidos, por lo cual se hizo digno del aprecio y afecto de los Nicaragüenses, en uso de sus facultades.
Decreta:

Artículo 1° — Declarar pérdida nacional la muerte del Excelentísimo y Reverendísimo Señor Arzobispo, Obispo de León, Doctor don Simeón Pereira y Castellón, Conde Romano y Asistente Pontificio.

Artículo 2° — Tributar al ilustre fallecido los honores de Presidente de la República.

Artículo 3° — Comisionar a los señores Ministro de Hacienda, Dr. don Venancio Montalván, Ministro de la Guerra, don Narciso Lacayo y Jefe Político de León, don Benjamín Gallo, para que en representación del Poder Ejecutivo concurran a los funerales y den el pésame a la familia del preclaro extinto; y al señor don Andrés M. Zúñiga para que lleve la palabra oficial en aquel acto solemne.

Artículo 4° — Encargar al Ministro de la Guerra el cumplimiento de este Decreto en la parte que le corresponde.

Comuniqúese— Casa Presidencial — Managua, 29 de enero do 1921 — Diego Manuel Chamorro — El Ministro de la Gobernación y Anexos— Humberto Pasos Díaz.
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