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DECRETO POR EL CUAL SE CONMUTAN A DIEZ AÑOS DE RECLUSIÓN Á QUE FUÉ CONDENADO EL REO PATRICIO PICADO, POR TRES AÑOS DE PRISIÓN
DECRETO LEGISLATIVO, aprobado el 10 de febrero de 1908
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 25 del 27 de febrero de 1908
Decreto por el cual se conmutan los diez años de reclusión á que fue condenado el reo Patricio Picado, por tres años de prisión
La Asamblea Nacional Legislativa
Decreta:
Único: Conmutase la pena de diez años de reclusión a que fue condenado el reo Patricio Picado, por el homicidio en Luis Miranda, con la de tres años de prisión.
Dado en el Salón de Sesiones- Managua, 10 de febrero de 1908. - Juan B. Sáenz, D. P. - H. Aguirre Muñoz, D. S. - Julio Selva, D. S.
Publíquese - Palacio del Ejecutivo, Managua, 12 de febrero de 1908. - J. S. Zelaya - El Ministro de Justicia, José D. Gámez.
Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.