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DECRETO, REFORMANDO EL ARTÍCULO 56 DE LA ORDENANZA MILITAR
DECRETO EJECUTIVO, aprobado el 11 de enero de 1886
Publicado en La Gaceta Oficial N°. 3 del 16 de enero de 1886
Decreto reformando el artículo 56 de la Ordenanza Militar
El Presidente de la República
En uso de sus facultades
Decreta:
Art. 1°. – La Plana Mayor de un Batallón se compondrá de – un Teniente Coronel, Comandante – un Sargento Mayor, 2°. Comandante y Mayor del Batallón – un Subteniente ó Teniente Abanderado – un Cirujano – un Capellán – dos Armeros – y un Clarín de órdenes, desde Sargento hasta Teniente.
Art. 2°. – En estos términos queda reformado el artículo 56 de la Ordenanza Militar.
Dado en Managua, á 11 de Enero de 1886 – Ad. Cárdenas – El Ministro de la Guerra – Joaquín Elizondo.
Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.