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LEY DE MODIFICACIÓN A LA LEY Nº. 942, LEY ANUAL DE PRESUPUESTO GENERAL DE LA REPÚBLICA 2017

LEY Nº. 961, aprobada el 10 de octubre de 2017

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 196 del 16 de octubre de 2017

El Presidente de la República de Nicaragua

A sus habitantes, hace saber:

Que,

La Asamblea Nacional de la República de Nicaragua

Ha ordenado lo siguiente:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades,
Ha dictado la siguiente:
LEY Nº. 961

LEY DE MODIFICACIÓN A LA LEY Nº. 942, LEY ANUAL DE PRESUPUESTO GENERAL DE LA RE PÚBLICA 2017

Artículo 1 Increméntese el Presupuesto General de Ingresos para el ejercicio presupuestario 2017 en la suma de C$301,757,185.00 (TRESCIENTOS UN MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL CIENTO OCHENTA Y CINCO CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$304,994,054.00 (TRESCIENTOS CUATRO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL CINCUENTA Y CUATRO CÓRDOBAS NETOS) es en concepto de ingresos corrientes y una disminución de C$3,236,869.00 (TRES MILLONES DOSCIENTOS TREINTA y SEIS MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS) en ingresos de capital, de acuerdo a la distribución por fuentes de ingresos contenida en el Anexo Nº. I y I-A.

Artículo 2 Increméntese el Presupuesto General de Egresos para el ejercicio presupuestario 2017 en la suma de C$482,196,797.00 (CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS MILLONES CIENTO NOVENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y SIETE CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$639,297.838.00 (SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y OCHO CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y una disminución de C$157,101.041.00 (CIENTO CINCUENTA Y SIETE MILLONES CIENTO UN MIL CUARENTA Y UN CÓRDOBAS NETOS) en gasto de capital, de conformidad a las modificaciones de incrementos, reducciones y reasignaciones, que a continuación se detallan:

l. Increméntese o asígnese, en su caso, las partidas presupuestarias de los Ministerios e Instituciones siguientes, por el monto de C$1,338,639,999.00 (UN MIL TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS), cuyo detalle y fuente de financiamiento se presenta en Anexo Nº. II.

1. A la Asamblea Nacional, la suma de C$5,133,819.00 (CINCO MILLONES CIENTO TREINTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS DIECINUEVE CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$4,649,909.00 (CUATRO MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NUEVE CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$483,910.00 (CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS DIEZ CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.

2. A la Corte Suprema de Justicia, la suma de C$19,287,872.00 (DIECINUEVE MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

3. A la Contraloría General de la República, la suma de C$8,500,000.00 (OCHO MILLONES QUINIENTOS MIL CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$8,194,900.00 (OCHO MILLONES CIENTO NOVENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$305,100.00 (TRESCIENTOS CINCO MIL CIEN CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.

4. A la Presidencia de la República, la suma de C$32,179,312.00 (TREINTA Y DOS MILLONES CIENTO SETENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS DOCE CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

5. Al Ministerio de Relaciones Exteriores, la suma de C$28,692,505.00 (VEINTIOCHO MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS CINCO CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$22,835,421.00 (VEINTIDÓS MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS VEINTIÚN CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$5,857,084.00 (CINCO MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL OCHENTA Y CUATRO CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.

6. Al Ministerio de Defensa, la suma de C$86,902,385.00 (OCHENTA Y SEIS MILLONES NOVECIENTOS DOS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$74,955,385.00 (SETENTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$11,947,000.00 (ONCE MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.

7. Al Ministerio de Fomento, Industria y Comercio, la suma de C$786,484.00 (SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

8. Al Ministerio Agropecuario, la suma de C$57,548,190.00 (CINCUENTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL CIENTO NOVENTA CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$34,318,542.00 (TREINTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS DIECIOCHO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y DOS CÓRDOBAS NETOS), corresponden a gasto corriente y C$23,229,648.00 (VEINTITRÉS MILLONES DOSCIENTOS VEINTINUEVE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.

9. Al Ministerio de Transporte e Infraestructura, la suma de C$162,063,955.00 (CIENTO SESENTA Y DOS MILLONES SESENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$11,588,555.00 (ONCE MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$150,4 75,400.00 (CIENTO CINCUENTA MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.

10. Al Ministerio de Salud, la suma de C$205,011,259.00 (DOSCIENTOS CINCO MILLONES ONCE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$48,504,678.00 (CUARENTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS CUATRO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$156,506,581.00 (CIENTO CINCUENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS SEIS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y UN CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.

11. Al Ministerio del Trabajo, la suma de C$3,131,817.00 (TRES MILLONES CIENTO TREINTA Y UN MIL OCHOCIENTOS DIECISIETE CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

12. Al Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales, la suma de C$23,948,713.00 (VEINTITRÉS MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS TRECE CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$8,515,613.00 (OCHO MILLONES QUINIENTOS QUINCE MIL SEISCIENTOS TRECE CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$15,433,100.00 (QUINCE MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES MIL CIEN CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.

13. Al Ministerio de la Familia, Adolescencia y Niñez, la suma de C$23,860,480.00 (VEINTITRÉS MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA MIL CUATROCIENTOS OCHENTA CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$11,685,825.00 (ONCE MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS VEINTICINCO CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$12,174,655.00 (DOCE MILLONES CIENTO SETENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.

14. Al Ministerio de Energía y Minas, la suma de C$48,845,939.00 (CUARENTA Y OCHO MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$4,845,612.00 (CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS DOCE CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$44,000,327.00 (CUARENTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS VEINTISIETE CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.

15. Al Ministerio de Economía Familiar, Comunitaria, Cooperativa y Asociativa, la suma de C$764,116.00 (SETECIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL CIENTO DIECISÉIS CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

16. Al Ministerio de la Juventud, la suma de C$15,417,601.00 (QUINCE MILLONES CUATROCIENTOS DIECISIETE MIL SEISCIENTOS UN CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$917,601.00 (NOVECIENTOS DIECISIETE MIL SEISCIENTOS UN CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$14,500,000.00 (CATORCE MILLONES QUINIENTOS MIL CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.

17. A la Procuraduría General de la República, la suma de C$22,804,518.00 (VEINTIDÓS MILLONES OCHOCIENTOS CUATRO MIL QUINIENTOS DIECIOCHO CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

18. A la Partida de Asignaciones y Subvenciones, la suma de C$593,761,034.00 (QUINIENTOS NOVENTA Y TRES MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y UN MIL TREINTA Y CUATRO CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$354,916,586.00 (TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS DIECISÉIS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SEIS CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$238,844,448.00 (DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital, conforme la siguiente distribución y detalle:

18.1. A la Alcaldía de Managua, la suma de C$ 120, 200,000.00 (CIENTO VEINTE MILLONES DOSCIENTOS MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto de capital.

18.2. A la Asociación de Scouts de Nicaragua, la suma de C$250,000.00 (DOSCIENTOS CINCUENTA MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

18.3. A la Asociación Civil de Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Nicaragua, la suma de C$150,000.00 (CIENTO CINCUENTA MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

18.4. A la Autoridad de El Gran Canal Interoceánico de Nicaragua, la suma de C$3,940,500.00 (TRES MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA MIL QUINIENTOS CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

18.5. A la Catedral Metropolitana de León la suma de C$400,000.00 (CUATROCIENTOS MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

18.6. A la Cinemateca Nacional, la suma de C$4,704,912.00 (CUATRO MILLONES SETECIENTOS CUATRO MIL NOVECIENTOS DOCE CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$3,099,702.00 (TRES MILLONES NOVENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS DOS CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$1,605,210.00 (UN MILLÓN SEISCIENTOS CINCO MIL DOSCIENTOS DIEZ CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.

18.7. A la Comisión de Apelación del Servicio Civil, la suma de C$971,120.00 (NOVECIENTOS SETENTA Y UN MIL CIENTO VEINTE CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$671,120.00 (SEISCIENTOS SETENTA Y UN MIL CIENTO VEINTE CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$300,000.00 (TRESCIENTOS MIL CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.

18.8. Al Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación del Sistema Educativo, la suma de C$1,200,132.00 (UN MILLÓN DOSCIENTOS MIL CIENTO TREINTA Y DOS CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$243,334.00 (DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$956,798.00 (NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.

18.9. Al Consejo Nacional del Deporte, la Educación Física y la Recreación Física, la suma de C$18,013,774.00 (DIECIOCHO MILLONES TRECE MIL SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

18.10. A la Dirección General de Ingresos, la suma de C$3,401,525.00 (TRES MILLONES CUATROCIENTOS UN MIL QUINIENTOS VEINTICINCO CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

18.11. A la Dirección General de Servicios Aduaneros, la suma de C$52,066,249.00 (CINCUENTA Y DOS MILLONES SESENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$17,353,835.00 (DIECISIETE MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$34,712,414.00 (TREINTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS DOCE MIL CUATROCIENTOS CATORCE CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.

18.12. A la Empresa Nicaragüense de Acueductos y Alcantarillado Sanitario, la suma de C$33,557,312.00 (TREINTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS DOCE CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$5,331,500.00 (CINCO MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y UN MIL QUINIENTOS CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$28,225,812.00 (VEINTIOCHO MILLONES DOSCIENTOS VEINTICINCO MIL OCHOCIENTOS DOCE CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.

18.13. A la Empresa Nicaragüense de Electricidad, la suma de C$13,822,180.00 (TRECE MILLONES OCHOCIENTOS VEINTIDÓS MIL CIENTO OCHENTA CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

18.14. Al Fondo de Mantenimiento Vial, la suma de C$39,795,513.00 (TREINTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS TRECE CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$38,636,226.00 (TREINTA Y OCHO MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS VEINTISÉIS CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$1,159,287.00 (UN MILLÓN CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.

18.15. Al Fondo de Desarrollo Minero, la suma de C$4,383,166.00 (CUATRO MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL CIENTO SESENTA Y SEIS CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

18.16. Al Fondo de Desarrollo Pesquero, la suma de C$11,217,882.00 (ONCE MILLONES DOSCIENTOS DIECISIETE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y DOS CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

18.17. Al Foro Nicaragüense de Cultura, la suma de C$100,000.00 (CIEN MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

18 .18. Al Gobierno Regional Autónomo de la Costa Caribe Norte, la suma de C$8,862,500.00 (OCHO MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS MIL QUINIENTOS CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

18 .19. Al Gobierno Regional Autónomo de la Costa Caribe Sur, la suma de C$991,551.00 (NOVECIENTOS NOVENTA Y UN MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y UN CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

18 .20. Al Instituto Nicaragüense de Deportes, la suma de C$9,335,091.00 (NUEVE MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL NOVENTA Y UN CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

18 .21. Al Instituto Nicaragüense de Cultura, la suma de C$744,446.00 (SETECIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$253,877.00 (DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SIETE CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$490,569.00 (CUATROCIENTOS NOVENTA MIL QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.

18 .22. Al Instituto Nicaragüense de Estudios Territoriales, la suma de C$4,427,903.00 (CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS VEINTISIETE MIL NOVECIENTOS TRES CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$2,751,971.00 (DOS MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y UN MIL NOVECIENTOS SETENTA Y UN CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$1,675,932.00 (UN MILLÓN SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y DOS CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.

18 .23. Al Instituto Nicaragüense de la Pesca y Acuicultura, la suma de C$3,630,149.00 (TRES MILLONES SEISCIENTOS TREINTA MIL CIENTO CUARENTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$484,034.00 (CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL TREINTA Y CUATRO CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$3,146,115.00 (TRES MILLONES CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL CIENTO QUINCE CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.

18 .24. A Instituto Nicaragüense de Fomento Municipal, la suma de C$12,918,278.00 (DOCE MILLONES NOVECIENTOS DIECIOCHO MIL DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$4,985,820.00 (CUATRO MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS VEINTE CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$7,932,458.00 (SIETE MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.

18 .25. Al Instituto Nacional Tecnológico, la suma de C$20,402,482. 00 (VEINTE MILLONES CUATROCIENTOS DOS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$3,787,982.00 (TRES MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y DOS CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$16,614,500.00 (DIECISÉIS MILLONES SEISCIENTOS CATORCE MIL QUINIENTOS CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.

18 .26. Al Instituto Tecnológico Nacional, la suma de C$2,146,000.00 (DOS MILLONES CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL CÓRDOBA S NETOS) en gasto corriente.

18 .27. Al Instituto Nacional de Información de Desarrollo, la suma de C$20,023,995.00 (VEINTE MILLONES VEINTITRÉS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$18,102,495.00 (DIECIOCHO MILLONES CIENTO DOS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$1,921,500.00 (UN MILLÓN NOVECIENTOS VEINTIÚN MIL QUINIENTOS CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.

18 .28. Al Ministerio Público, la suma de C$14,289,748.00 (CATORCE MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$9,673,498.00 (NUEVE MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$4,616,250.00 (CUATRO MILLONES SEISCIENTOS DIECISÉIS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.

18 .29. Al Ordenamiento de la Propiedad, la suma de C$ 16,898,000.00 (DIECISÉIS MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

18 .30. A la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, la suma de C$2,805,412.00 (DOS MILLONES OCHOCIENTOS CINCO MIL CUATROCIENTOS DOCE CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$1,758,044.00 (UN MILLÓN SETECIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL CUARENTA Y CUATRO CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$1,047,368.00 (UN MILLÓN CUARENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.

18 .31. Al Parlamento Centroamericano, la suma de C$1,148,534.00 (UN MILLÓN CIENTO CUARENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

18 .32. A la Radio Nicaragua, la suma de C$1,192,142.00 (UN MILLÓN CIENTO NOVENTA Y DOS MIL CIENTO CUARENTA Y DOS CÓRDOBAS NETOS) en gasto de capital.

18 .33. Al Sistema Nacional de Prevención, Mitigación y Atención de Desastres, la suma de C$6,169,628.00 (SEIS MILLONES CIENTO SESENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS VEINTIOCHO CÓRDOBAS NETOS) en gasto de corriente.

18 .34. Al Subsidio al Consumo de Energía, Agua y Telefonía para Jubilados, la suma de C$38,000,000.00 (TREINTA Y OCHO MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

18 .35. Al Subsidio de Energía en Asentamientos en Barrios económicamente vulnerables, la suma de C$16,200,000.00 (DIECISÉIS MILLONES DOSCIENTOS MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

18 .36. A las Subvenciones a Centros Religiosos, Culturales, Deportivos y Organizaciones sin fines de Lucro, la suma de C$10,900,000.00 (DIEZ MILLONES NOVECIENTOS MIL CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$10,600,000.00 (DIEZ MILLONES SEISCIENTOS MIL CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$300,000.00 (TRESCIENTOS MIL CÓRDOBAS NETOS) a gastos de capital, conforme distribución contenida en Anexos Nº. II-A y II-B.

18 .37. Al Teatro Municipal José de la Cruz Mena, la suma de C$200,000.00 (DOSCIENTOS MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

18 .38. A las Transferencias a las Asociaciones de Bomberos Voluntarios por Ley Nº. 837, la suma de C$2,500,000.00 (DOS MILLONES QUINIENTOS MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

18 .39. A la Transferencia a las Alcaldías por Recaudaciones de Exploración y Explotación Minera, la suma de C$34,924,190.00 (TREINTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS VEINTICUATRO MIL CIENTO NOVENTA CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

18 .40. A las Transferencias a las Alcaldías y Comunidades Indígenas por Recaudación de Pesca y Acuicultura, la suma de C$11,736,017.00 (ONCE MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y SEIS MIL DIECISIETE CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

18 .41. A la Transferencia Municipal, la suma de C$15,199,302.00 (QUINCE MILLONES CIENTO NOVENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS DOS CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$3,090,250.00 (TRES MILLONES NOVENTA MIL DOSCIENTOS CINCUENTA CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$12,109,052.00 (DOCE MILLONES CIENTO NUEVE MIL CINCUENTA Y DOS CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital, conforme a distribución contenida en Anexo Nº. II-C.

18 .42. Al Tribunal Aduanero y Tributario Administrativo, la suma de C$1,009,593.00 (UN MILLÓN NUEVE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y TRES CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$370,552.00 (TRESCIENTOS SETENTA MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$639,041.00 (SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL CUARENTA Y UN CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.

18 .43. A las Universidades y Centros de Educación Técnica Superior, la suma de C$28,931,808.00 (VEINTIOCHO MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y UN MIL OCHOCIENTOS OCHO CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

II. Redúzcase las partidas presupuestarias de las instituciones señaladas a continuación por el monto total de C$856,443,202.00 (OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS DOS CÓRDOBAS NETOS), y cuyo detalle y fuente de financiamiento se presenta en Anexo Nº. III.

1. Al Ministerio de Gobernación, la suma de C$66,869,684.00 (SESENTA Y SEIS MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CUATRO CÓRDOBAS NETOS) en gasto de capital.

2. Al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la suma de C$233,842,356.00 (DOSCIENTOS TREINTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$11,820,244.00 (ONCE MILLONES OCHOCIENTOS VEINTE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$222,022,112.00 (DOSCIENTOS VEINTIDÓS MILLONES VEINTIDÓS MIL CIENTO DOCE CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.

3. Al Ministerio Agropecuario, la suma de C$618,238.00 (SEISCIENTOS DIECIOCHO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

4. A la Policía Nacional, la suma de C$70,131,367.00 (SETENTA MILLONES CIENTO TREINTA Y UN MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE CÓRDOBAS NETOS) en gasto de capital.

5. A la Partida de Asignaciones y Subvenciones, la suma de C$475,919,557.00 (CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO MILLONES NOVECIENTOS DIECINUEVE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$84,915,902.00 (OCHENTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS QUINCE MIL NOVECIENTOS DOS CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$391,003,655.00 (TRESCIENTOS NOVENTA Y UN MILLONES TRES MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital, conforme la siguiente distribución y detalle:

5.1. Al Fondo de Contravalor, la suma de C$6,055,000.00 (SEIS MILLONES CINCUENTA Y CINCO MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

5.2. Al Fondo de Preinversión, la suma de C$12,986,000.00 (DOCE MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto de capital.

5.3. Al Fondo de Inversión Social de Emergencia, la suma de C$72,905,363.00 (SETENTA Y DOS MILLONES NOVECIENTOS CINCO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y TRES CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$26,336,534.00 (VEINTISÉIS MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$46,568,829.00 (CUARENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS VEINTINUEVE CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.

5.4. Al Instituto de Protección y Sanidad Agropecuaria, la suma de C$157,302,649.00 (CIENTO CINCUENTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS DOS MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$2,554,008.00 (DOS MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL OCHO CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$154,748,641.00 (CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y UN CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.

5.5. Al Instituto Nicaragüense de la Vivienda Urbana y Rural, la suma de C$199,532,621.00 (CIENTO NOVENTA Y NUEVE MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y DOS MIL SEISCIENTOS VEINTIÚN CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$22,832,436.00 (VEINTIDÓS MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$176,700,185.00 (CIENTO SETENTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS MIL CIENTO OCHENTA Y CINCO CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.

5.6. Al Instituto Nacional Forestal, la suma de C$5,971,139.00 (CINCO MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y UN MIL CIENTO TREINTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

5.7. A las Universidades (Energía Eléctrica, Agua y Telefonía Nacional) la suma de C$19,437,000.00 (DIECINUEVE MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

5.8. A las Transferencias a las Alcaldías y Comunidades Indígenas por Recaudación de Aprovechamiento y Servicio Forestal, la suma de C$1,729,785.00 (UN MILLÓN SETECIENTOS VEINTINUEVE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

6. Al Servicio de la Deuda Pública, la suma de C$9,062,000.00 (NUEVE MILLONES SESENTA Y DOS MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente, correspondiente a intereses de deuda externa y conforme el detalle que se presenta en el Anexo Nº. III-A.

III. Reasígnese las partidas presupuestarias intra-institucionales por un monto de C$2,156,980,845.00 (DOS MIL CIENTO CINCUENTA Y SEIS MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO CÓRDOBAS NETOS), cuyos montos y detalle se presentan en el Anexo N•. IV.

Artículo 3 Como consecuencia de las modificaciones del Presupuesto General de Ingresos y del Presupuesto General de Egresos, increméntese el Déficit Presupuestario Global en la suma de C$180,439,612.00 (CIENTO OCHENTA MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS DOCE CÓRDOBAS NETOS).

Artículo 4 Increméntese en el Presupuesto General de la República 2017 el monto de C$409,477,134.00 (CUATROCIENTOS NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL CIENTO TREINTA Y CUATRO CÓRDOBAS NETOS) en el concepto de donaciones externas, de la Necesidad de Financiamiento Neto, producto de las ampliaciones, reducciones y reasignaciones contenidas en el Artículo 2 de esta Ley.

Artículo 5 Increméntese el Financiamiento Externo Neto en la suma de C$1,233,523,751.00 (UN MIL DOSCIENTOS TREINTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS VEINTITRÉS MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y UN CÓRDOBAS NETOS), producto de ampliaciones, reducciones y reasignaciones de desembolsos de préstamos externos por un monto menor de C$831,211,749.00 (OCHOCIENTOS TREINTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS ONCE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS), contenidos en el Artículo 2 de esta Ley, incremento de C$1,941,075,500.00 (UN MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y UN MILLONES SETENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS CÓRDOBAS NETOS) provenientes del BID Nº.4010/BL-NI, Programa de Mejora de la Productividad en Nicaragua II, y correspondiente del año 2016, y menor pago del servicio de amortización de deuda externa en el monto de C$123,660,000.00 (CIENTO VEINTITRÉS MILLONES SEISCIENTOS SESENTA MIL CÓRDOBAS NETOS), de conformidad con los aumentos y disminuciones contenidos en el Anexo Nº. III-A.

Artículo 6 Increméntese el Financiamiento Interno Neto en un monto de C$1,462,561,273.00 (UN MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y UN MIL DOSCIENTOS SETENTA Y TRES CÓRDOBAS NETOS), correspondiente a mayor pago de amortización del servicio de la Deuda Pública Interna por el monto de C$502,446,000.00 (QUINIENTOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL CÓRDOBAS NETOS), de conformidad con los aumentos y disminuciones contenidos en Anexo Nº. IV, mayor emisión de Bonos de la República de Nicaragua por C$602,000,000.00. (SEISCIENTOS DOS MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS) y aumento de disponibilidades en el monto de C$1,562,115,273.00 (UN MIL QUINIENTOS SESENTA Y DOS MILLONES CIENTO QUINCE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y TRES CÓRDOBAS NETOS).

Artículo 7 Modifíquese el Artículo 1, de la Ley Nº. 942, Ley Anual de Presupuesto General de la República 2017, el cual se leerá así: "Apruébese el Presupuesto General de Ingresos para el ejercicio presupuestario 2017 por un monto estimado de C$73,106,148,676.00 (SETENTA Y TRES MIL CIENTO SEIS MILLONES CIENTO CUARENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS CÓRDOBAS NETOS), de los que C$73,104,385,545.00 (SETENTA Y TRES MIL CIENTO CUATRO MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO CÓRDOBAS NETOS) corresponden a ingresos corrientes y C$1,763,131.00 (UN MILLÓN SETECIENTOS SESENTA Y TRES MIL CIENTO TREINTA Y UN CÓRDOBAS NETOS) a ingresos de capital, que forman parte de la Ley."

Artículo 8 Modifíquese el primer párrafo del Artículo 2, de la Ley N°. 942, Ley Anual de Presupuesto General de la República 2017, el cual se leerá así: "Apruébese el Presupuesto General de Egresos para el ejercicio presupuestario 2017 en la suma de C$80,490,288,393.00 (OCHENTA MIL CUATROCIENTOS NOVENTA MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES CÓRDOBAS NETOS), distribuidos en C$58,397,747,538.00 (CINCUENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y SIETE MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS TREINTA Y OCHO CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente y C$22,092,540,855.00 (VEINTIDÓS MIL NOVENTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS CUARENTA MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CÓRDOBAS NETOS) para gasto de capital. La distribución del Presupuesto General de Egresos será por organismos, programa, proyecto y grupo de gastos en la forma y monto cuyo detalle es parte de la Ley."

Artículo 9 Se autoriza al Ministerio de Hacienda y Crédito Público a proceder con la aprobación de los registros de reasignación o traslados de partidas presupuestarias intrainstitucionales, relativos a los registros de la ejecución de la transferencia del Gobierno Central en el SIGFA AUTÓNOMO 2017 de Entidades Descentralizadas por Funciones, conforme el detalle de instituciones, montos y fuentes de financiamiento contenido en el Anexo Nº. V.

Artículo 10 Dentro del contexto del Programa Económico Financiero 2017 y su objetivo central la generación de riqueza y reducción de pobreza como elementos aglutinadores del desarrollo económico y social de la nación, en el caso que el Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional obtenga mayores recursos externos de financiamiento, se autoriza al Ministerio de Hacienda y Crédito Público a incorporar al Presupuesto General de Egresos 2017, mediante crédito presupuestario adicional a los organismos, así como su respectiva fuente de financiamiento, los recursos a ser ejecutados provenientes de desembolsos de Préstamos Internacionales aprobados por la Asamblea Nacional y destinados a programas y/o proyectos, y cuyos montos no figuren en el ejercicio presupuestario vigente. Igual procedimiento de incorporación se aplicará a las operaciones de donaciones externas regidas a través de Convenios de Cooperación. Estas incorporaciones de desembolsos de préstamos y de donaciones serán hasta el monto equivalente al dos por ciento del Presupuesto General de Egresos 2017, aprobado en el Artículo 2 de la Ley Nº. 942, Ley Anual de Presupuesto General de la República 2017.

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público deberá informar mensualmente a la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto de la Asamblea Nacional, a través de la Dirección General de Análisis y Seguimiento Presupuestario y Económico, y a la Contraloría General de la República, la suma confirmada de incorporación en los créditos presupuestarios institucionales. La programación y registro de la ejecución presupuestaría de estos recursos se harán conforme el Sistema Integrado de Gestión Financiera, Administrativa y Auditoria y de acuerdo a las Normas y Procedimientos de Ejecución y Control Presupuestario vigente.

Artículo 11 La presente Ley entrará en vigencia a partir de su publicación, por cualquier medio de comunicación social escrito, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua, a los diez días del mes de octubre del año dos mil diecisiete. Dr. Gustavo Eduardo Porras Cortés, Presidente de la Asamblea Nacional. Lic. Loria Raquel Dixon Brautigam, Secretaria de la Asamblea Nacional.

Por tanto. Téngase como Ley de la República. Publíquese y Ejecútese. Managua, el día trece de octubre del año dos mil diecisiete. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua.

Nota: Se anexa en formato de PDF las tablas de la Ley de Modificación a la Ley No. 942, Ley del Presupuesto General de la República 2017, Presupuesto General de Ingresos (Anexo a la Ley de Modificación a la Ley No. 942, Ley de Presupuesto 2017.pdf)

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