Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional
Categoría normativa: Fe de Errata
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FE DE ERRATAS A LA LEY Nº. 693, LEY DE SOBERANÍA Y SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL, PUBLICADA EN LA GACETA, DIARIO OFICIAL Nº. 169 DEL 7 DE SEPTIEMBRE DE 2009

FE DE ERRATA

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 169 del 09 de septiembre de 2009

Por este medio se proceda a publicar la fe de errata de la Ley N°. 693, Ley de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional

1.- Se reforma el literal b. del artículo 9, de la Ley N°. 693, Ley N°. 693, Ley de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional, publicada en la Gaceta, Diario Oficial Nº. 133 del 2 de julio del año en curso, el cual se leerá así:

“b. Precaución. Garantiza la inocuidad de la producción interna de alimentos, así como de las importaciones y donaciones de alimentos, para que estos no ocasionen daño a la población y al consumo humano nacional.”

2.- Se cambia el epígrafe del artículo 31 de la Ley N°. 693, Ley de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional, publicada en la Gaceta, Diario Oficial Nº. 133 del 2 de julio del año en curso, el cual se leerá así:

“Art. 31 De los Objetivos del CONASSAN para la Soberanía Alimentaría.”
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