Enlace a Legislación Relacionada
Sin Vigencia
(OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACIÓN "FORO DE MUJERES DE NICARAGUA")
DECRETO A.N. N°. 2191, aprobado el 18 de mayo de 1999
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 114 del 16 de junio de 1999
DECRETO A.N. N°. 2191
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades:
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Arto. 1 Otórgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN «FORO DE MUJERES DE NICARAGUA», sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en la ciudad de Managua.
Arto. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma en que sus Estatutos lo determinen.
Arto. 3 La Asociación «Foro de Mujeres de Nicaragua», está obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en cualquier medio de comunicación social escrito, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los dieciocho días del mes de Mayo, de mil novecientos noventa y nueve. IVAN ESCOBAR FORNOS, Presidente de la Asamblea Nacional. VÍCTOR MANUEL TALAVERA HUETE, Secretario de la Asamblea Nacional.
Por tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, catorce de Junio de mil novecientos noventa y nueve. ARNOLDO ALEMÁN LACAYO, Presidente de la República de Nicaragua.