Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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[OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA FUNDACIÓN PARA LA PROMOCIÓN Y EL DESARROLLO DE LA CALIDAD (FUNPRODECA)]

DECRETO A.N. N°. 3777, aprobado el 03 de diciembre de 2003

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 32 del 16 de febrero de 2004

DECRETO A.N. No. 3777

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades;

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO

Arto. 1. Otórgase Personalidad Jurídica a la FUNDACIÓN PARA LA PROMOCIÓN Y EL DESARROLLO DE LA CALIDAD (FUNPRODECA), sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la ciudad de Managua, Departamento de Managua.

Arto. 2. La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Arto. 3. La FUNDACIÓN PARA LA PROMOCIÓN Y EL DESARROLLO DE LA CALIDAD (FUNPRODECA), estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás leyes de la República.

Arto. 4. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los tres días del mes de diciembre del año dos mil tres. RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ, Presidente por la Ley Asamblea Nacional. MIGUEL LÓPEZ BALDIZÓN, Secretario de la Asamblea Nacional.

Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, nueve de Enero de enero del año dos mil cuatro. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, Presidente de la República de Nicaragua.
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