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Categoría normativa: Decretos Legislativos
Materia: Educación


DECRETO, DISPENSANDO TIEMPO Á DOS JÓVENES PARA SU RECIBIMIENTO DE ABOGADOS

DECRETO LEGISLATIVO S/N, aprobado el 21 de febrero de 1883

Publicado en La Gaceta de Nicaragua N°. 10 del 14 de marzo de 1883

Decreto, dispensando tiempo á dos jóvenes para su recibimiento de Abogados.

El Presidente de la República,

á sus habitantes

Sabed

Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:

El Senado y Cámara de Diputados de la República de Nicaragua

Decretan:

Único - Dispénsase á los jóvenes Francisco Barberena hijo y Fernando Montiel, al primero un año y al segundo ocho meses del tiempo de pasantía qué la ley exige para recibirse de Abogados.

Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.
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