Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Empresa Industria y Comercio
Categoría normativa: Resoluciones
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(APROBAR LA ADHESIÓN DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ, A LA RESOLUCIÓN No. 311-2013 (COMIECO-LXV), QUE CONTIENE COMO ANEXO EL REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO RTCA 61.01.03:12 CALZADO Y SUS PARTES. REQUISITOS DE ETIQUETADO)

RESOLUCIÓN N°. 387-2017 (COMIECO-EX), aprobada en San José, Costa Rica 27 de abril de 2017
Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 118 del 23 de junio de 2017

EL CONSEJO DE MINISTROS DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con los artículos 38 y 55 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana (en adelante, Protocolo de Guatemala), el Consejo de Ministros de Integración Económica (COMIECO), tiene bajo su competencia los asuntos de la Integración Económica Centroamericana y, como tal, le corresponde aprobar los actos administrativos aplicables en los Estados Parte del Subsistema Económico;

Que mediante Resolución No. 311-2013 (COMIECO-LXV) se aprobó el Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 61.01.03:12 Calzado y sus Partes. Requisitos de Etiquetado y se dispuso que dicho Reglamento Técnico no entraría en vigor para Panamá hasta que este Consejo emita el acto administrativo correspondiente, conforme a lo establecido en el Artículo Transitorio del Protocolo de Incorporación de la República de Panamá al Subsistema de Integración Económica del Sistema de la Integración Centroamericana (Protocolo de Incorporación), firmado el 29 de junio de 2012;

Que Panamá ha solicitado a este Consejo su voluntad de adherirse al mencionado Reglamento Técnico Centroamericano,
POR TANTO:

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 15, 26, 36, 37, 38, 46, 52 y 55 del Protocolo de Guatemala,
RESUELVE:

1. Aprobar la adhesión, de la República de Panamá, a la Resolución No. 311-2013 (COMIECO-LXV), que contiene como Anexo el Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 61.01.03:12 CALZADO Y SUS PARTES. REQUISITOS DE ETIQUETADO.

2. La presente Resolución entrará en vigencia un año posterior a la suscripción de la misma y será publicada por los Estados Parte.
San José, Costa Rica 27 de abril de 2017

(f) Jhon Fonseca, Viceministro, en representación del Ministro de Comercio Exterior de Costa Rica; Luz Estrella Rodríguez, Viceministra, en representación del Ministro de Economía de El Salvador; Enrique Lacs, Viceministro, en representación del Ministro de Economía de Guatemala; Melvin Redondo, Subsecretario, en representación del Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico de Honduras; Jesús Bermúdez, Viceministro, en representación del Ministro de Fomento, Industria y Comercio de Nicaragua; Diana A. Salazar F., Viceministra, en representación del Ministro de Comercio e Industrias de Panamá.
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