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DECRETO, ERIJIENDO EN CIUDAD LA VILLA DE JUIGALPA
DECRETO LEGISLATIVO S/N, aprobado el 27 de enero de 1879
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 5 del 03 de febrero de 1879
El Presidente de la República, á sus habitantes,
Sabed:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
El Senado i Cámara de Diputados de la República de Nicaragua, – Decretan:
ÚNICO – Eríjese en ciudad la villa de Juigalpa.
Dado en el Salón de sesiones de la Cámara de Diputados – Managua, enero 20 de 1879 – Adrian Zavala, D. P. – Manuel Cuadra, D. S. – Modesto Barrios, D. S. Al Poder Ejecutivo – Salón de sesiones de la Cámara del Senado. – Managua, enero 27 de 1879 – José Salinas, S. P. – José María Rojas, S. S.– Ramón Sáenz, S. S. Por tanto: Ejecútese – Managua, 27 de enero de 1879 – Pedro Joaquín Chamorro– El Ministro de Gobernación – Agustín Duarte.