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Legislación de Nicaragua
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Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
Materia: Seguridad y Defensa Nacional

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CONFERIR PLENOS PODERES

ACUERDO PRESIDENCIAL N°. 6-93, aprobado el 12 de enero de 1993

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 9 del 13 de enero de 1993

El Presidente de la República de Nicaragua,

en uso de sus facultades,

ACUERDA

Artículo. - 1 Conferir Plenos Poderes al Embajador de Nicaragua en Francia señor Carlos José Barrios Torres, para que en dicha calidad suscriba en nombre del Gobierno de Nicaragua, la Convención sobre la Prohibición, el Desarrollo, la Producción, el Almacenamiento y la Utilización de Armas Químicas, en una Ceremonia que tendrá lugar en París el 13 de Enero en curso.

Artículo. - 2 La transcripción del presente Acuerdo autoriza suficientemente al Señor Embajador Carlos José Barrios Torres para proceder de conformidad. Publíquese en el Diario Oficial, La Gaceta.

Dado en la Ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los doce días del mes de enero de mil novecientos noventa y tres. - VIOLETA BARRIOS DE CHAMORRO, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA.
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