Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Circular
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(SE DECLARAN VÁLIDAS LAS ELECCIONES DE PRESIDENTE Y VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA)

Nº 1, Aprobada el 22 de Diciembre de 1920

Publicada en La Gaceta Nº 291 del 22 de Diciembre de 1920

Declaración N° 1

EL SENADO Y CÁMARA DE
DIPUTADOS DE LA REPÚBLICA
DE NICARAGUA,

DECLARAN:


1.- Son válidas las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la república practicadas en los días 3 y 4 del mes de octubre del corriente año.

2.- Los ciudadanos, Diego Manuel Chamorro y Bartolomé Martínez han sido electos popular y constitucionalmente, Presidente de la República, el primero, y Vicepresidente el segundo, para el período que comienza el 1° de Enero de 1921 y termina el 31 de Diciembre de 1924.

Dado en el Salón de Sesiones del Congreso – Managua, 22 de Diciembre de 1920 – Benj. Elizondo, S.P. – M.J. Morales, S.S. – Cayetano Lugo, D.S.
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