Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
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(AUTORIZAR AL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, PARA QUE EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DEL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, SUSCRIBA CON EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) UN CONTRATO DE PRÉSTAMO PARA FINANCIAR EL “PROGRAMA DE APOYO A LA MEJORA DE LA GESTIÓN FISCAL Y REFORMA DEL GASTO SOCIAL III”, A SER EJECUTADO POR EL MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO (MHCP))

ACUERDO PRESIDENCIAL N°. 269-2010, aprobado el 05 de noviembre de 2010

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 224 del 23 de noviembre de 2010

El Presidente de la República de Nicaragua
Comandante Daniel Ortega Saavedra

CONSIDERANDO

I
Que el Gobierno de la República de Nicaragua está impulsando un programa cuyo objetivo es apoyar la mejora de la gestión fiscal y social, a través de un aumento en la disponibilidad de recursos, así como en la eficiencia y transparencia, tanto de la recaudación como del gasto, a fin de contribuir al crecimiento económico sostenido y a la reducción de la pobreza.
II

Que el Gobierno de la República de Nicaragua ha solicitado al Banco Interamericano de Desarrollo (BID), apoyar el citado programa a través de una secuencia de tres operaciones de rápido desembolso, siendo la presente la tercera y última operación, diseñadas para respaldar acciones que contribuyan a facilitar la aplicación de las medidas establecidas en el Programa Económico Financiero.

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política

ACUERDA

Artículo 1.- Autorizar al Ministro de Hacienda y Crédito Público, para que en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscriba con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) un Contrato de Préstamo por un monto de cuarenta y dos millones quinientos mil dólares de los Estados Unidos de América (US$42,500,000.00), para financiar el “Programa de Apoyo a la Mejora de la Gestión Fiscal y Reforma del Gasto Social III”, a ser ejecutado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP).

Artículo 2.- La certificación de este Acuerdo, acreditará la representación del Ministro de Hacienda y Crédito Público para la suscripción del Contrato de Préstamo relacionado en el artículo anterior, cuyos términos han sido previamente acordados entre el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP) y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID).

Artículo 3.- El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día cinco de Noviembre del año dos mil diez. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Paul Oquist Kelley, Secretario Privado para Políticas Nacionales.
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