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Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
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DECRETO DE RATIFICACIÓN DEL "CONVENIO DE ASISTENCIA MUTUA Y COOPERACIÓN TÉCNICA ENTRE LAS ADMINISTRACIONES TRIBUTARIAS Y ADUANERAS DE CENTROAMÉRICA"

DECRETO EJECUTIVO N°. 27-2011, aprobado el 28 de abril de 2011

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 88 del 16 de mayo del 2011

Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional
Unidad Nicaragua Triunfa.
DECRETO No. 27-2011

El Presidente de la República
Comandante Daniel Ortega Saavedra

CONSIDERANDO

I

Que el Gobierno de la República de Nicaragua suscribió en la ciudad de San José, República de Costa Rica, en fecha veinticinco de abril del año dos mil seis, el "Convenio de Asistencia Mutua y Cooperación Técnica entre las Administraciones Tributarias y Aduaneras de Centroamérica".

II

Que la Asamblea Nacional aprobó el referido Convenio mediante Decreto A.N. No. 5920 del tres de diciembre del año dos mil nueve y publicado en La Gaceta, Diario Oficial número nueve del catorce de enero del año dos mil diez.

POR TANTO

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO DE RATIFICACIÓN DEL "CONVENIO DE ASISTENCIA MUTUA Y COOPERACIÓN TÉCNICA ENTRE LAS ADMINISTRACIONES TRIBUTARIAS Y ADUANERAS DE CENTROAMÉRICA"

Artículo 1. Ratificar el Convenio de Asistencia Mutua y Cooperación Técnica entre las Administraciones Tributarias y Aduaneras de Centroamérica, suscrito en la ciudad de San José, República de Costa Rica, el veinticinco de abril del año dos mil seis, por el Viceministro de Hacienda y Crédito Público, Señor Juan Sebastián Chamorro.

Artículo 2. Expedir el Instrumento de Ratificación para su depósito ante la Secretaría General del Sistema de Integración Centroamericana (SGSICA), de conformidad con lo establecido en el artículo veintiséis del Convenio.

Artículo 3. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día veintiocho de Abril del año dos mil once. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Alberto Guevara Obregón, Ministro de Hacienda y Crédito Público.
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