Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
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GOBIERNO DARÁ TÍTULOS DE CIRUJANO DENTISTA

DECRETO EJECUTIVO No. 03, Aprobado el 9 de Enero 1961
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 29 del 3 de Febrero de 1961

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

Considerando:

Que conforme Decreto Ejecutivo No. 7 del día 4 de Mayo de 1954 fue creada la Facultad de Odontología de la Universidad Nacional de Nicaragua, y aprobado su Plan de Estudios para optar al Título de Doctor en Odontología;
Considerando:

Que las actuales exigencias académicas en los Centros de estudios superiores de América Latina señalan como título para la carrera de Odontología el de Cirujano-Dentista;
Considerando:

Que se hace necesario reformar la denominación de los títulos que el Estado expide a los graduados de la carrera en Odontología para armonizar su nomenclatura con el Diploma que otorga la Universidad Nacional de Nicaragua;
Decreta:

1.- Que el título que el Estado expedirá a los graduados en la Facultad de Odontología de la Universidad Nacional, será el de Cirujano-Dentista.

2.- Se deja sin efecto el Título de Doctor en Odontología que fue acordado en Decreto Ejecutivo No. 7 del 4 de mayo de 1954 para los graduados en la Facultad de Odontología de la Universidad Nacional de Nicaragua.

3.- El presente Decreto surte efectos de ley, a partir de esta fecha.

Comuníquese.- Publíquese.- Casa Presidencial, Managua, D. N., 9 de Enero de 1961.- LUIS A. SOMOZA D.- El Ministro de Educación Pública, René Schick.
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