FACULTAD DEL GOBIERNO PARA SEPULTAR EL CADÁVER DE SALOMÓN DE LA SELVA EN CATEDRAL
RESOLUCIÓN No. 120, Aprobado el 13 de Febrero 1959
Publicado en La Gaceta No. 47 del 25 de Febrero de 1959
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
A sus habitantes
SABED
Que el Congreso ha resuelto lo Siguiente
RESOLUCIÓN No. 120
La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua
RESUELVEN
Único: - Se faculta a las autoridades respectivas para que, previa autorización del Jefe legítimo de la Iglesia, conceda permiso para que los restos del poeta Salomón de la Selva, sean sepultados en la Catedral de León, en reconocimiento a los grandes méritos del ilustre fallecido, legítima gloria nacional.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados, - Managua, D. N., 13 de Febrero de 1959 - (f) A. MONTENEGRO, D. P. -(f) SALVADOR. CASTILLO, D. S. - (f) J. CASTILLO A., D.S.
Al poder Ejecutivo.- Cámara del Senado, Managua, D. N., 13 de Febrero de 1959. (f) LUIS MANUEL DEBAYLE, S. P.(f) C. LÓPEZ IRIAS, S. S. - (f) JOSÉ MARÍA ZELAYA C.,
Por tanto: Ejecútese.- Casa Presidencial, Managua, D. N., 13 de Febrero de 1959.- (f) LUIS A. SOMOZA D., Presidente de la República.- (f) ALBERTO ARGÜELLO V., Ministro de la Gobernación y Anexos, por la Ley.