Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Acuerdos Ministeriales
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CREACIÓN DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA PLANTA DE OXIGENO MEDICINAL "MARÍA AUXILIADORA RAMOS HERNÁNDEZ" DEL MINISTERIO DE SALUD

ACUERDO MINISTERIAL N°. 537-2022, aprobado el 24 de octubre de 2022

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 224 del 29 de noviembre de 2022

ACUERDO MINISTERIAL N°. 537-2022

MINISTERIO DE SALUD

CREACIÓN DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA PLANTA DE OXIGENO MEDICINAL "MARÍA AUXILIADORA RAMOS HERNÁNDEZ" DEL MINISTERIO DE SALUD

MARTHA VERÓNICA REYES ÁLVAREZ, Ministra de Salud, en uso de las facultades que me confiere el Acuerdo Presidencial No. 34-2020, Publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 63, del primero de abril del año dos mil veinte, Ley No. 290 "Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo con Reformas Incorporadas", publicada en "La Gaceta", Diario Oficial, No. 35 del veintidós de febrero del año dos mil trece, el Decreto No. 25-2006 "Reformas y Adiciones al Decreto No. 71-98, Reglamento de la Ley No. 290, "Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo", publicado en "La Gaceta", Diario Oficial, Nos. 91 y 92 del once y doce de mayo del año dos mil seis, respectivamente, Ley No. 423, Ley General de Salud , Dicta la siguiente Resolución:

CONSIDERANDO:

I

Que el Ministerio de Salud en cumplimiento con el mandato Constitucional de garantizar el derecho a la salud.... Los Nicaragüenses tienen derecho por igual a la salud...., de la Política Nacional de salud que establece los lineamientos que contemplan: Los esfuerzos del Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional en área de la salud estarán orientados por ocho lineamientos de política de salud, donde se reconoce los problemas de salud y se asume el compromiso de soluciones integrales, resolviendo los problemas de exclusión social, haciendo coherente la acción con las políticas de mejorar la universalidad, accesibilidad, equidad en la prestación de los servicios con eficiencia y calidad.

II

Que la Ley No. 290 "Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo", establece que cada Ministerio en el ámbito de su competencia es el órgano delegado del Poder Ejecutivo, para cumplir y hacer cumplir la Constitución Política y las Leyes.

III

Que las Reformas y Adiciones al Decreto Nº. 71-98, Reglamento de la Ley Nº. 290, Ley De Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo Decreto Ejecutivo Nº. 25-2006 establece en su Arto 352.­ Modificación. Se faculta a los Ministros de Estado para que mediante Acuerdo puedan crear, modificar o suprimir todas aquellas instancias sustantivas, asesoría o de apoyo que estructuran su respectivo Ministerio, que tengan un rango igual o inferior al de Departamento u Oficina. Dicho Acuerdo Ministerial deberá ser publicado en La Gaceta, Diario Oficial.

IV

Que de conformidad con lo establecido en la Ley No. 423, Ley General de Salud en su arto. 5 Principios Básicos numeral 7. Calidad: Se garantiza el mejoramiento continuo de la situación de salud de la población en sus diferentes fases y niveles de atención conforme la disponibilidad de recursos y tecnología existente, para brindar el máximo beneficio y satisfacción con el menor costo y riesgo posible.

V

Que el Centro Nacional de Clínicas Móviles para la Salud, según, Ref. DG-CNCMS-RABM-224-10-2022, solicita crear la Unidad Administrativa Planta de Oxigeno Medicinal "María Auxiliadora Ramos Hernández" cuya dirección de la referida unidad administrativa, tendrá dependencia jerárquica de la Dirección Superior de esta institución. Entendiéndose: Oxígeno medicinal: Es un gas medicinal, con una concentración no menor al 93%, destinado a la administración al paciente que lo requiera. Puede presentarse como líquido criogénico o gas comprimido el que deberá cumplir con las especificaciones técnicas indicadas en la farmacopea de referencia, según la autorización sanitaria otorgada por la Autoridad Nacional de Regulación Sanitaria.

VI

Que el Director o Directora nombrado (a), ejercerá la representación de éste Ministerio y será responsable directo de regular, asegurar y garantizar el uso de oxígeno medicinal en los establecimientos de salud públicos a nivel nacional, dando respuesta sanitaria efectiva y oportuna para la atención de los pacientes priorizándose en todos los niveles de atención, con énfasis en los establecimientos de segundo nivel de atención, así como hospitales primarios.

Por tanto, ésta Autoridad,

ACUERDA

PRIMERO: Créase la Unidad Administrativa Planta de Oxigeno Medicinal "María Auxiliadora Ramos Hernández", Ministerio de Salud, subordinada a la Dirección Superior de esta institución.

SEGUNDO: Se orienta al Director o Directora de esta Unidad Administrativa, elaborar en el ámbito de sus competencias y funciones establecidas; normas y manuales correspondientes para un mejor desarrollo de la unidad en mención.

TERCERO: La Unidad Administrativa Planta de Oxigeno Medicinal "María Auxiliadora Ramos Hernández” tendrá las siguientes funciones:

1. Cumplir con las disposiciones administrativas y legales, establecidas por el Ministerio de Salud.
2. Producir, envasar, almacenar y distribuir el oxígeno medicinal.
3. Mantener abastecido a los establecimientos de Salud del Ministerio de Salud que se establezcan. 4. Programar la distribución y suministro del oxígeno medicinal.
5. Dar seguimiento al proceso de envasado del oxígeno medicinal garantizando su calidad.
6. Elaborar su manual de organización y funciones.
7. Todas las demás funciones delegadas por la Dirección Superior.

CUARTO: Se designa a la Dirección de Desarrollo Tecnológicos y Mantenimiento de Equipo Médicos (CEMED), para dar seguimiento al cumplimiento de este cuerdo a la Unidad Administrativa Planta de Oxigeno Medicinal "María Auxiliadora Ramos Hernández".

QUINTO: La presente Resolución Ministerial surte efecto a partir del veinte de octubre, comuníquese la presente a cuantos corresponda conocer de la misma.

Dado en la Ciudad de Managua, a los veinticuatro días del mes de octubre del año dos mil veintidós. (F) MARTA VERÓNICA REYES ÁLVAREZ, Ministra de Salud.
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