Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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[OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACIÓN INSTITUTO NICARAGÜENSE DE CODIFICACIÓN (GS1-NICARAGUA)]

DECRETO A.N. N°. 2894, aprobado el 08 de mayo de 2001

Publicado en La Gaceta Diario Oficial N°. 105 del 05 de junio de 2001

DECRETO A. N. N°. 2894

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades;

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO

Arto. 1. Otórgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN INSTITUTO NICARAGÜENSE DE CODIFICACIÓN (EAN-NICARAGUA), sin fines de lucro de duración indefinida y del domicilio en la ciudad de Managua.

Arto. 2. La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Arto. 3. La Asociación Instituto Nicaragüense de Codificación (EAN-NICARAGUA) está obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Arto. 4. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los ocho días del mes de Mayo del dos mil uno.- ÓSCAR MONCADA REYES, Presidente de la Asamblea Nacional.- PEDRO JOAQUÍN RIOS CASTELLÓN, , Secretario de la Asamblea Nacional.

Por tanto: Publíquese y ejecútese. Managua, treinta y uno de Mayo del año dos mil uno.- Arnoldo Alemán Lacayo, Presidente de la República de Nicaragua.

Observación: Esta Personalidad Jurídica Asociación Instituto Nicaragüense de Codificación (EAN-NICARAGUA), realizó cambio de razón social por Asociación Instituto Nicaragüense de Codificación (GS1 NICARAGUA), conforme a Certificado de Cambio de Razón Social, emitida por el Ministerio de Gobernación de la República de Nicaragua, aprobada el 04 de febrero de 2009, publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 42 del 03 de marzo de 2009.
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