Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Certificaciones
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(POSTERGAR POR SEIS MESES LA APLICACIÓN DE LA “NORMA DE REFORMA DE LOS ARTÍCULOS: 34, 35, 36, 37, 38, 40 Y 41 DE LA NORMA SOBRE GESTIÓN DE RIESGO CREDITICIO“ CONTENIDA EN RESOLUCIÓN CD-SIBOIF- 593-2- AGOSTO 19-2009)

CERTIFICACIÓN N°. CD-SIBOIF-597-1-SEP23-2009, aprobada el 23 de septiembre de 2009

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 192 del 12 de octubre de 2009

El Consejo Directivo de la Superintendencia de Bancos, después de escuchar las razones y las recomendaciones expresadas por el Superintendente de Bancos y del Presidente del Banco Central de Nicaragua, sobre la prórroga solicitada por ASOBANP,

RESUELVE:

CD-SIBOIF-597-1-SEP23-2009

Primero: Postergar por seis meses la aplicación de la “Norma de Reforma de los Artículos 34, 35, 36, 37, 38, 40 y 41 de la Norma sobre Gestión de Riesgo Crediticio“ contenida en resolución CD-SIBOIF-593-2-AGOSTO19-2009.

Segundo: La presente resolución entrará en vigencia a partir de su notificación, sin perjuicio de su publicación en e): La Gaceta Diario Oficial.

(f) A. Rosales B. (f) V. Urcuyo V. (f) Gabriel Pasos Lacayo (f) Fausto Reyes (f) ilegible (Silvio Casco Marenco) (f) Ur. Cerna B. - URIEL CERNA BARQUERO, Secretario Consejo Directivo SIBOIF.
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