Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
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(AUTORIZAR AL MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO PARA QUE SUSCRIBA CON EL BID EL NOVENO AUMENTO GENERAL DE ACCIONES YA CONVENIDO)

ACUERDO PRESIDENCIAL No. 35-2014, Aprobado el 25 de Febrero del 2014

Publicado en La Gaceta No 42 del 4 de Marzo del 2014

El Presidente de la República de Nicaragua
Comandante Daniel Ortega Saavedra

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política

ACUERDA

Artículo 1. Autorizar al Ministro de Hacienda y Crédito Público para que en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscriba con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) el Noveno Aumento General de 3,270 Acciones Adicionales de Capital Ordinario por un valor de Treinta y Nueve Millones Cuatrocientos Cuarenta y Siete Mil Cuatrocientos Veinticuatro Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 39, 447,424.00) de los cuales 79 son acciones de Capital Ordinario pagadero en efectivo por un valor de US$ 953,011 y 3,191 son acciones de Capital Ordinario exigible por un valor de US$ 38,494,413.

Artículo 2. La certificación de este Acuerdo acreditará la representación del Ministro de Hacienda y Crédito Público, para la suscripción de las acciones relacionadas en el artículo anterior, cuyos términos han sido previamente acordados entre el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP) y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID).

Artículo 3. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de su publicación publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día veinticinco de febrero del año dos mil catorce. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Paul Oquist Kelley, Secretario Privado para Políticas Nacionales.
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