Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
Abrir Gaceta
-
APRUEBASE EL PROGRAMA DE ANATOMIA, FISIOLOGIA E HISTORIA

Acuerdo Presidencial No.386 Aprobado el 6 de Abril de 1956

Publicado en La Gaceta No.99 del 7 de Mayo de 1956

No.386

El Presidente de la República,

Acuerda:


1º.- Aprobar el siguiente Programa de Anatomía, Fisiología e Higiene, correspondiente al Tercer Año de Enseñanza Secundaria, al objeto de que sirva de guía y orientación, en tal disciplina, a profesores y alumnos de la enseñanza Pública y Privada:

Capítulo I

Concepto, importancia y división de la Anatomía y de la Fisiología. Idea de órgano, aparato y sistema en la anatomí ;a.

Capítulo II

Osteología. Su concepto. El esqueleto: observación y descripción de los huesos que lo componen, indicando los caracteres esenciales de los mismos. Función del sistema esquelético.

Capítulo III

Astrología. Su concepto. División de los músculos. Los principales músculos con sus funciones particulares.

Capítulo V

Aparato digestivo. Observación y descripción de los ó rganos y glándulas que se componen. Fisiología de la digestión. Asimilación y desasimilación. La defección.

Capítulo VI

Aparato respiratorio. Observación y descripción de los ó rganos que lo componen, y fisiología de los mismos.

Capítulo VII

Aparato circulatorio. Observación y descripción de los órganos que lo componen. Estudio de la sangre y de la circulación. Relación de la circulación con la respiración.

Capítulo VIII

Aparato urinario. Observación y descripción de los órganos que lo componen. Caracteres generales de la orina. Exoración sudoral y sebácea.

Capítulo IX

Sistema nervioso. Descripción general. Su división: Central y periférico. La célula nerviosa, Principales funciones de los nervios.

Capítulo X

Sistema nervioso Central. Observación y descripción del cerebro. Corteza cerebral. Localizaciones cerebrales más importantes. Las meninges.

Capítulo XI

Bulto Raquídeo. Cerebelo. Médula espinal. Observación. Descripción y funciones de los mismos.

Capítulo XII

Sistema nervioso periférico. Observación y descripción. Fisiología del mismo. Vía sensitiva y motriz. El acto reflejo. Gran simpático. Idea fundamental sobre su función.

Capítulo XIII

Sensaciones generales y especiales. Sentidos del tacto, del olfato y del gusto. Los órganos de recepción y trasmisión de estí mulos. Condiciones generales y caracteres de las sensaciones táctiles, olfativas gustativas.

Capítulo XIV

La vista. Observaciones y descripciones del globo ocular. Sensaciones visuales. Agudeza visual. Anatomía de la visión con sus consiguientes correcciones.

Capítulo XV

El oído. Observación y descripción del aparato auditivo Mecanismo de la audición.

Capítulo XVI

La fonación. Observación y descripción del aparato fonador. Mecanismo del mismo.

Capítulo XVII

Nociones generales sobre las glándulas endocrinas y su correlación.

Capítulo XVIII

Concepto de hormonas. Principales hormonas y glándulas que las producen.

Capítulo XIX

Definición de Higiene. Su importancia. Concepto moderno. Higiene individual, general y social.

Capítulo XX

Infección. Causas de la infección. Agentes que la producen. Portador sano y enfermo. Contagio: directo o indirecto. Grado de infección (leve benigna y grave). Período de incubación. Desarrollo de la infección. Que es inmunidad? Inmunidad natural y adquirida. Sueros Antitóxicos. Nematoterapia.

Desinfectantes.


Capítulo XXI

Enfermedades trasmisibles. Enfermedades que predominan más en Nicaragua: Paludismo, Parásitos Intestinales. Etc. Epidemiología. ¿ Que partes del país son las más afectadas? Medidas preventivas y de control.

Capítulo XXII

Enfermedades Sociales de Nicaragua. Definición. Tuberculosis. Enfermedades venéreas: sífilis, blenorragia, etc. Cáncer. Lepra. Cómo se adquieren estas enfermedades. Nociones de estadí stica sobre la morbilidad y mortalidad de estas enfermedades. Prevensió n. Tratamiento y métodos de control de las mismas. Concepto de Sanatorios y Dispensarios. Alcoholismo.

Capítulo XXIII

Saneamiento ambiental. Agua potable. Agua contaminada por agentes pató genos y sustancias orgánicas. Definición de alimentos. Bases de la alimentación en el hombre. Descomposición de los alimentos. Intoxicación alimenticia.

Capítulo XXIV

Condiciones de una vivienda higiénica. Letrinas y sus condiciones sanitarias. Basuras: recolección y tratamiento. Problemas econó mico sociales e higiénicos.

Capítulo XXV

Higiene Industrial. Accidentes y enfermedades del Trabajo. Profilaxis. Nociones de Urbanismo.

Capítulo XXVI

Nociones generales de Higiene materno infantil y escolar.

Capítulo XXVII

Ejercicios físicos y sus efectos. Ejercicios correctivos y su aplicación. Peligro en el ejercicio excesivo.

Capítulo XXVIII

Primeros auxilios. Pérdida del conocimiento. Insolación, asfixia. Fracturas. Traumatismo. Quemaduras y descargas eléctricas. Tratamientos inmediatos y transportes. Respiración artificial. Vendajes.

Sugerencias Metodológicas

La finalidad formativa y cultural que se persigue con la enseñanza de estas asignaturas, exige que los temas sean tratados con sencillez y claridad no olvidando que el aspecto funcional debe primar siempre sobre el morfológico.

En el estudio de cada uno de los temas de anatomía y fisiología, debe partirse siempre, en lo posible, de la observación directa de lo que se va a estudiar. En defecto, debe recurrirse a láminas, dibujos, esquemas, películas y otros medios didácticos de ilustración.

En fisiología podrán basarse demostraciones sencillas que no requieran conocimientos previos de química: movimientos respiratorios, pulso, latidos del corazón, algunas sencillas experiencias sobre la digestión, etc.

La enseñanza de la Higiene debe llevarse a cabo impartiendo nociones de carácter práctico, referidas a Nicaragua.

Cuando en el curso hubiere señoritas, debe exigírseles, principalmente, en Higiene, el aprendizaje de nociones generales de Higiene Materno Infantil y Escolar (Cap. XXII del Programa).

Cada alumno debe formar, en el curso del año escolar, su cuaderno de trabajos, que incluya dibujos, esquemas, composiciones, observaciones y experiencias, composiciones escritas, etc.

En las calificaciones que se pongan a los alumnos, deberá tomarse en cuenta los trabajos personales hechos dentro y fuera del aula.

2º.- El presente Acuerdo surtirá efectos de Ley, a partir de esta fecha.

Comuníquese, Casa Presidencial. Managua, D.N., 6 de Abril de 1956. Año José Dolores Estrada. SOMOZA. El Ministro de Educación Pública, Crisanto Sacasa.

-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Benjamín Zeledón, 7mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 281.
Enviar sus comentarios a: División de Información Legislativa



Nota: Cualquier diferencia existente entre el Texto de la Ley impreso y el publicado aquí, solicitamos sea comunicado a la División de Información Legislativa de la Asamblea Nacional de Nicaragua.