Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir, S/Definir
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
Abrir Gaceta
-
(AUTORIZAR AL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO PARA QUE E REPRESENTACIÓN DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, SUSCRIBA CON EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO CONVENIO INDIVIDUAL DE FINANCIAMIENTO NO REEMBOLSABLE DE LA FACILIDAD DE FINANCIAMIENTO COMBINADO PARA LA ELIMINACIÓN DE LA MALARIA HASTA POR US$5,200,000.00)

ACUERDO PRESIDENCIAL N°. 39-2019, Aprobado el 20 de Marzo de 2019

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 67 el 04 de Abril de 2019

El Presidente de la República de Nicaragua,
Comandante Daniel Ortega Saavedra

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política

ACUERDA

Artículo 1. Autorizar al Ministro de Hacienda y Crédito Público para que, en nombre y representación de la República de Nicaragua, suscriba con el Banco Interamericano de Desarrollo, en su calidad de administrador de la Facilidad de Financiamiento Combinado para la Eliminación de la Malaria, el Convenio Individual de Financiamiento No Reembolsable de la Facilidad de Financiamiento Combinado para la Eliminación de la Malaria hasta por Cinco Millones Doscientos Mil Dólares de los Estados Unidos de América (US$5,200,000.00), para financiar el proyecto República de Nicaragua-Iniciativa Regional para la Eliminación de la Malaria en Mesoamérica y República Dominicana.

Artículo 2. La certificación de este Acuerdo acreditará la representación del Ministro de Hacienda y Crédito Público en la firma del convenio relacionado en el artículo anterior, cuyos términos han sido previamente acordados entre el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Banco Interamericano de Desarrollo.

Artículo 3. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de su publicación. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día veinte de marzo del año dos mil diecinueve. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Paul Oquist Kelley. Secretario Privado para Políticas Nacionales.
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Benjamín Zeledón, 7mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 281.
Enviar sus comentarios a: División de Información Legislativa



Nota: Cualquier diferencia existente entre el Texto de la Ley impreso y el publicado aquí, solicitamos sea comunicado a la División de Información Legislativa de la Asamblea Nacional de Nicaragua.