Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Cultura
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
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OTORGASE LA ORDEN INDEPENDENCIA CULTURAL RUBÉN DARÍO AL HERMANO LATINOAMERICANO Y CARIBEÑO AUGUSTO GÓMEZ VILLANUEVA

ACUERDO PRESIDENCIAL N°. 186-2019, aprobado el 29 de noviembre de 2019

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 233 del 05 de diciembre de 2019

El Presidente de la República de Nicaragua
Comandante Daniel Ortega Saavedra

CONSIDERANDO

I

Que el Hermano, Compañero Augusto Gómez Villanueva, posee en su haber una larga trayectoria de lucha inclaudicable en favor de los sectores oprimidos en la búsqueda de una mejor redistribución de la riqueza y de una auténtica Justicia Social. Consciente que sin Justicia Social no hay Paz.

II

Que siendo Embajador de la República de México en Nicaragua se distinguió por su apoyo decidido, solidario e incondicional con la Revolución Popular Sandinista.

III

Que su posición ha sido firme, sólida, coherente sobre el Principio de Autodeterminación de los Pueblos.

IV

Que su actividad permanente en la búsqueda de la Unidad e Integración Política, Económica y Social de América Latina y El Caribe y por un reordenamiento del Orden Económico Mundial le hace merecedor del respeto, cariño y el reconocimiento del pueblo de Nicaragua.

Por tanto

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política

ACUERDA

Artículo 1. Otorgar la Orden de la Independencia Cultural Rubén Darío al Hermano Latinoamericano y Caribeño Augusto Gómez Villanueva.

Artículo 2. Comunicar este Acuerdo al Compañero Augusto Gómez Villanueva.

Artículo 3. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de la presente fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día veintinueve de noviembre del año dos mil diecinueve. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Paul Oquist Kelley, Secretario Privado para Políticas Nacionales.
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