Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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Sin Vigencia

(OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA FUNDACIÓN MUSEO ARCHIPIÉLAGO DE SOLENTINAME)

DECRETO A.N. N°. 3114, aprobado el 23 de octubre de 2001

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 216 del 14 de noviembre de 2001

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

En uso do sus facultades;

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO

Arto. 1. Otórgase Personalidad Jurídica a la FUNDACIÓN MUSEO ARCHIPIÉLAGO DE SOLENTINAME, sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en la Isla Elvis Chavarría del Archipiélago de Solentiname, Municipio de San Carlos, Departamento de Río San Juan.

Arto. 2. La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos

Arto. 3. La Fundación Museo Archipiélago de Solentiname, está obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Arto. 4. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintitrés días del mes de Octubre del dos mil uno. OSCAR MONCADA REYES, Presidente de la Asamblea Nacional PEDRO JOAQUÍN RÍOS CASTELLÓN, Secretario de la Asamblea Nacional.

Por tanto: Publíquese y Ejecútese.- Managua, dos de Noviembre del año dos mil uno. ARNOLDO ALEMÁN LACAYO, Presidente de la República de Nicaragua.
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