Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
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(SE AUTORIZAR AL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO A SUSCRIBIR CON EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), EN SU CALIDAD DE ADMINISTRADOR DE FONDOS DE (COSUDE), UN CONVENIO DE FINANCIAMIENTO NO REEMBOLSABLE)

ACUERDO PRESIDENCIAL Nº 104-2014, dado el 29 de Mayo 2014

Publicado en la Gaceta N° 105 del 9 de Junio del 2014

El Presidente de la República de Nicaragua
Comandante Daniel Ortega Saavedra

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política

ACUERDA

Artículo 1. Autorizar al Ministro de Hacienda y Crédito Público para que, en nombre y representación de la República de Nicaragua, suscriba con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), en su calidad de administrador de la contribución especial de la Agencia Suiza para el Desarrollo y la Cooperación (COSUDE), un Convenio de Financiamiento No Reembolsable de Inversión por US$ 3,157,500 (tres millones ciento cincuenta y siete mil quinientos dólares de los Estados Unidos de América), para financiar la ‘Ampliación del Programa Ambiental de Gestión de Riesgos de Desastre y Cambio Climático’ que ejecuta el Ministerio del Ambiente y los Recursos Naturales (MARENA).

Artículo 2. La certificación de este Acuerdo acreditará la representación del Ministro de Hacienda y Crédito Público en la firma del convenio relacionado en el artículo anterior, cuyos términos han sido previamente acordados entre en Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP) y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID).

Artículo 3. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de su publicación. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día veintinueve de mayo del año dos mil catorce. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Paul Oquist Kelley. Secretario Privado para Políticas Nacionales.
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