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Sin Vigencia
[OTÓRGUESE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACIÓN ÁGUILA ESCOCESA GRADO TREINTA Y TRES, (A 33)]
DECRETO A. N. N°. 5788, aprobado el 24 de septiembre de 2009
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 199 del 21 de octubre de 2009
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN ÁGUILA ESCOCESA GRADO TREINTA Y TRES, pudiendo denominarse con las siglas A 33; sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de Managua.
Art. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Art. 3 La ASOCIACIÓN ÁGUILA ESCOCESA GRADO TREINTA Y TRES, pudiendo denominarse con las siglas A 33; estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veinticuatro días del mes de Septiembre del año dos mil nueve. Ing. René Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional. Dr. Wilfredo Navarro Moreira, Secretario de la Asamblea Nacional.