Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
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(AUTORIZAR AL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO PARA SUSCRIBIR CON EL BANCO DE EXPORTACIÓN E IMPORTACIÓN DE COREA (EXIMBANK) CONVENIO DE PRÉSTAMO PARA FINANCIAR LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO CREACIÓN DE CAPACIDADES TÉCNICAS METODOLÓGICAS EN CENTROS DE FORMACIÓN PROFESIONAL FASE ll A CARGO DEL INATEC)

ACUERDO PRESIDENCIAL N°. 127-2010, aprobado el 18 de junio de 2010

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 119 del 24 de junio de 2010

El Presidente de la República de Nicaragua

CONSIDERANDO

I

Que el Gobierno de la República de Nicaragua con el fin de aumentar la productividad y la competitividad de los sectores productivos, la promoción de la generación de empleo e ingresos por medio de la capacitación profesional técnica, el 18 de abril de 2008 firmó con el Banco de Exportación Importación de Corea (EXIMBANK), el Convenio de Préstamo No. NIC 3, por un monto en Won Coreano equivalente a US $12,600,000 dólares de los Estados Unidos de América, para financiar la implementación de la Primera Fase del proyecto Creación de Capacidades Técnicas-Metodológicas en Centros de Formación Profesional, actualmente en ejecución.
II

Que el Gobierno de la República de Nicaragua, para darle continuidad a la primera fase del proyecto solicitó al Gobierno de la República de Corea, ampliar el financiamiento del proyecto (Masaya, Borgoña, Chinandega, El Sauce, Jalapa, Estelí, Boaco, Puerto Cabezas), cuyos componentes son: (i) Centros técnicos con infraestructura mejorada y equipada, (ii) Desarrollo Curricular Actualizado, (iii) Docentes y Personal Administrativo Capacitados y (iv) Administración del Programa. El total de alumnos egresados de todas las carreras en cada ciclo se estima en 2,820 estudiantes.
En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política
ACUERDA

Artículo 1. Autorizar al Ministro de Hacienda y Crédito Público, para que actuando en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscriba con el Banco de Exportación-Importación de Corea (EXIMBANK), Agencia Gubernamental para el manejo del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Económico (EDCF por sus siglas en inglés), el Convenio de Préstamo No. NIC-5 por monto en Won Coreano que no exceda el equivalente a Veintitrés Millones Veinte Mil Dólares de los Estados Unidos de América (US $23,020,000), para financiar la ejecución del Proyecto Creación de Capacidades Técnicas Metodológicas en Centros de Formación Profesional, Fase II, a cargo del Instituto Nacional Tecnológico (INATEC).

Artículo 2. La certificación de este Acuerdo acreditará la representación del Ministro en la suscripción del Convenio de Préstamo No. NIC-5, referido en el artículo anterior, cuyos términos han sido previamente acordados entre el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP) y el Banco de Exportación-Importación de Corea (EXIMBANK).

Artículo 3. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, Casa de Gobierno, el día dieciocho de Junio del año dos mil diez. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Paul Oquist Kelley, Secretario Privado para Políticas Nacionales.
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