Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos - Ley
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(REFORMAS AL DECRETO N°. 1273, LEY DE DIRECCIÓN NACIONAL DE INFORMÁTICA)

DECRETO - LEY N°. 1318, aprobado el 08 de septiembre de 1983

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 212 del 17 de septiembre de 1983

LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades,

DECRETA:

Refórmase el Decreto No. 1273 del 14 de Junio de 1983 "Ley de la Dirección Nacional de Informática" publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 154 del 5 de Julio de 1983, de la manera siguiente:

Artículo 1.- El literal a) del artículo 3 del citado Decreto se leerá así:

"a) Impulsar el desarrollo ordenado e integrado de sistemas de información informatizada".

Artículo 2.- El literal a) del artículo 4 del mismo Decreto, se leerá así:

"a) Elaborar, establecer y controlar el cumplimiento de principios metodológicos únicos, para la confección de sistemas de información informatizada, de manera que se garanticen su elaboración e introducción en forma técnica y económica fundamentada".

Artículo 3.- Se suprime el párrafo final del artículo 4 del referido Decreto, relativo al procedimiento para la aprobación a que se refiere el literal k) del mismo artículo.

Artículo 4.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, a los ocho días del mes de Septiembre de mil novecientos ochenta y tres. "Año de Lucha por la Paz y la Soberanía".

JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL.- DANIEL ORTEGA SAAVEDRA.- RAFAEL CÓRDOVA RIVAS.
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