CONVENIO DE APERTURA DE CRÉDITO ENTRE EL BCN Y EL BANCO EXTERIOR DE ESPAÑA
Decreto No. 1089 de 13 de julio de 1982
Publicado en La Gaceta No.182 de 5 de agosto de 1982
LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
en uso de sus facultades,
Decreta:
Artículo 1.-Se ratifica en todos y cada una de sus partes el Convenio de Apertura de Crédito hasta por un límite global de Mil Quinientos Millones de Pesetas (Ptas. 1,500,000,000.00) suscrito en Madrid el 4 de junio del corriente año entre el Banco Exterior de España y el Banco Central de Nicaragua, aprobando en tal sentido la resolución del Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua No. C13-13CN-XXXVIII-5-82.
Artículo 2.-El presente Decreto entrará en vigencia desde el momento de su publicación por cualquier medio de comunicación colectiva, sin perjuicio de su publicación posterior en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los trece días del mes de julio de mil novecientos ochenta y dos. "Año de la Unidad Frente a la Agresión".
JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL. Sergio Ramírez Mercado. - Rafael Córdova Rivas.