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Sin Vigencia
OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACIÓN “CENTRO NICARAGÜENSE DE DERECHOS HUMANOS” (CENIHD)
DECRETO A.N. N°. 381, aprobado el 26 de septiembre de 1990
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 206 del 26 de octubre de 1990
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades,
HA DICTADO
El siguiente:DECRETO
Arto. 1 Otórgase Personalidad Jurídica a las Asociación “CENTRO NICARAGÜENSE DE DERECHOS HUMANOS” (CENIDH), Asociación civil, sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio de Managua.
Arto. 2 La representación legal de la Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos que deberán ser aprobados por el Ministerio de Gobernación.
Arto. 3 Esta Asociación estará obligada al cumplimiento de la Ley para la Concesión de la Personalidad Jurídica y demás leyes de la República.
Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en “La Gaceta”, Diario Oficial.
Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintiséis días del mes de Septiembre de mil novecientos noventa.
Edmundo Castillo R., Presidente de la Asamblea Nacional por la Ley.- Alfredo César Aguirre, Secretario de la Asamblea Nacional.
Por Tanto: Publíquese y Ejecútese.- Managua, cuatro de Octubre de mil novecientos noventa. Violeta Barrios de Chamorro, Presidente de la República.